7 de julio de 2026
NEUQUEN
Declaran admisible el jury a jueza de familia y piden evaluar a magistrados periódicamente
La comisión especial resolvió por unanimidad avanzar con el proceso de enjuiciamiento contra Andrea Di Prinzio, jueza de Familia de Junín de los Andes, acusada de maltrato laboral. Durante el tratamiento del caso, también surgió el planteo para reinstalar un sistema de control habitual sobre jueces provinciales

La comisión especial encargada de analizar las denuncias contra magistrados de Neuquén declaró admisible el pedido de jury contra la jueza de Familia de Junín de los Andes, Andrea Di Prinzio Valsagna, por presunto mal desempeño de sus funciones a raíz de denuncias por violencia laboral sistemática y trato denigrante hacia el personal de su juzgado.
La resolución fue adoptada por unanimidad por la nueva integración de la comisión, conformada por el fiscal general José Gerez, el diputado provincial Francisco Lépore y la abogada Cecilia López. Además, el dictamen recomienda que la magistrada sea suspendida preventivamente de su cargo si el Jurado de Enjuiciamiento decide abrir formalmente el proceso.
El caso había tenido un primer análisis en el que la denuncia fue desestimada. Sin embargo, el Jurado de Enjuiciamiento declaró nula esa resolución y ordenó que una nueva comisión evaluara nuevamente la presentación, que finalmente concluyó que existían elementos suficientes para impulsar el juicio político.
Ahora será el propio Jurado de Enjuiciamiento el que deberá resolver si abre formalmente el proceso contra la jueza y define las medidas que correspondan durante la investigación.
Durante el debate también reapareció una discusión de fondo sobre los mecanismos de control de los magistrados provinciales. En su voto, Lépore sostuvo que resulta conveniente volver a debatir la implementación de evaluaciones periódicas para jueces y juezas, con el objetivo de detectar de manera anticipada problemas de gestión, conflictos laborales o dificultades en la conducción de equipos de trabajo.
El legislador recordó que ese mecanismo había sido incorporado en la reforma de la Constitución provincial de 2006 y quedaba bajo la órbita del Consejo de la Magistratura. Sin embargo, la Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró posteriormente su inconstitucionalidad tras una acción promovida por la Asociación de Magistrados de Neuquén.
Según planteó Lépore, un sistema de evaluación permitiría identificar "situaciones disfuncionales, déficits de gestión, conflictos organizacionales o dificultades en la conducción de equipos de trabajo" antes de que sea necesario recurrir a un proceso de enjuiciamiento, posibilitando la aplicación de medidas preventivas, correctivas o de acompañamiento institucional.