13 de junio de 2024
NEUQUEN
La Provincia formalizó el sistema de peajes en rutas petroleras, los detalles
Mediante el boletín oficial, se publicó la norma que establece un tributo por el uso de las vías en la zona de Vaca Muerta, qué dice la letra chica de la norma
En la reciente edición especial del Boletín Oficial de Neuquén, se publicó la Ley N° 3439, que introduce una contribución especial por peaje con el objetivo de financiar la construcción, mantenimiento, operación y reparación de la infraestructura vial en la Provincia. La ley fue sancionada en mayo pasado por la Legislatura provincial.
La nueva normativa establece que los usuarios deberán pagar una contribución especial por el uso de la infraestructura vial. El Poder Ejecutivo provincial tendrá la opción de gestionar estas obras directamente o concesionar su construcción, mantenimiento, reparación, operación y explotación a terceros por un período máximo de 15 años.
Además, se crea el Fondo Provincial Vial, un fondo especial que se financiará con recursos determinados por la Ley de Presupuesto provincial, multas, subsidios provinciales y municipales, ingresos por peaje, contribuciones del Estado nacional, convenios internacionales, donaciones, herencias y otros ingresos establecidos por ley.
Los recursos del Fondo Provincial Vial se destinarán a la construcción, conservación, mantenimiento, reparaciones y ampliación de rutas provinciales y nacionales cedidas a la provincia. También se utilizarán para la adquisición y mantenimiento de equipamiento vial, así como para cubrir los costos y gastos generados por la implementación de la ley.
Los tramos prioritarios para el cobro de peaje incluyen las rutas 5, 6, 7, 8, 17, 51 y 67. El Poder Ejecutivo está facultado para licitar el cobro de peajes en conjunto con otras provincias y municipios, e incorporar las rutas cedidas por la Nación a la provincia para su mantenimiento, así como otras rutas provinciales o tramos urbanos viales en acuerdo con los municipios.
Los vehículos radicados en la provincia podrán estar exentos del pago total o parcial del peaje hasta un 99%, según lo determine la reglamentación de la ley. La Dirección Provincial de Vialidad, o el organismo que la reemplace, será la autoridad encargada de aplicar y controlar el cumplimiento de la normativa.
El valor de la contribución de peaje será determinado por el Poder Ejecutivo provincial para cada tipo de vehículo, considerando la categoría, banda horaria, peso de carga y número de ejes. La falta de pago del peaje puede resultar en multas de hasta cinco veces el valor adeudado, más intereses y actualizaciones.
El Poder Ejecutivo debe reglamentar la ley en un plazo de 90 días desde su promulgación. La ley entra en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial. Esta nueva legislación busca asegurar el financiamiento adecuado y sostenible de la infraestructura vial en la provincia, según sostuvieron desde gobernación.