12 de octubre de 2026
RIO NEGRO
Ley de Tierras: Bariloche define el próximo paso de la disputa judicial
La Corte Suprema restituyó provisoriamente las restricciones a la compra de tierras rurales por extranjeros y devolvió el expediente a la ciudad. Ahora, la Justicia Federal deberá resolver la legitimidad del amparo ambiental y definir la continuidad de la medida cautelar

San Carlos de Bariloche quedó en el centro de la discusión nacional por la Ley de Tierras Rurales luego de que la Corte Suprema suspendiera de manera provisoria los efectos del artículo 154 del DNU 70/2023, que había derogado esa normativa. La decisión del 9 de octubre devolvió el expediente al juzgado federal de la ciudad rionegrina, donde deberá continuar el trámite que puede definir la continuidad de la protección legal.
La causa se inició a fines de diciembre de 2023 a partir de una presentación de la Asociación Civil Árbol de Pie, la exlegisladora provincial Magdalena Odarda y representantes de las comunidades mapuches Lafkenche y Lof Fvta Anekon, entre otros actores. El planteo cuestionó la eliminación de las restricciones a la adquisición de tierras rurales por parte de extranjeros y se apoyó en la protección del ambiente, los recursos naturales y los derechos colectivos.
Ese enfoque diferenció el expediente de otro reclamo que había llegado a la Corte, impulsado por el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas (CECIM). En ese caso, el máximo tribunal rechazó la demanda por falta de legitimación de la entidad. En la presentación originada en Bariloche, en cambio, los demandantes invocaron el derecho a un ambiente sano y equilibrado, contemplado en el artículo 41 de la Constitución Nacional, como fundamento para solicitar la intervención judicial.
La resolución de la Corte fue firmada por Horacio Rosatti y Ricardo Lorenzetti, junto con los conjueces Diego Barroetaveña y Juan Ignacio Pérez Curci. Carlos Rosenkrantz votó en disidencia. El tribunal dispuso la suspensión interina del artículo del decreto hasta que el juzgado de origen se pronuncie sobre la legitimación de quienes presentaron el amparo y analice el pedido cautelar. Por eso, aunque las restricciones previstas en la Ley 26.737 volvieron a tener vigencia provisoria, el conflicto todavía no cuenta con una definición definitiva.
El expediente vuelve así a una jurisdicción donde el reclamo tiene anclaje territorial. Bariloche y su entorno reúnen áreas protegidas, bosques, cuencas hídricas y zonas de valor ambiental, elementos que forman parte de los argumentos de quienes cuestionan la derogación. La organización Árbol de Pie, surgida de reclamos vecinales vinculados con el uso del suelo y la protección de espacios naturales, sostiene que las consecuencias de la desregulación deben analizarse también desde la perspectiva ambiental.
Uno de los ejemplos señalados por referentes de la organización es el Cerro Carreras, en Río Negro, una zona asociada a nacientes de cursos de agua. Sus advertencias apuntan a los posibles efectos que podría tener la flexibilización de las restricciones sobre tierras ubicadas en áreas sensibles. Se trata de argumentos de los impulsores del amparo que deberán evaluarse en el marco del proceso judicial, junto con los requisitos legales para que puedan representar los intereses colectivos que invocan.
La tarea inmediata del Juzgado Federal de Bariloche será determinar si los demandantes están habilitados para sostener la acción y resolver el pedido de protección cautelar. Esa decisión tendrá consecuencias sobre la continuidad de la medida provisoria dispuesta por la Corte y sobre el desarrollo posterior del expediente. El pronunciamiento no implica, por sí mismo, que el tribunal deba resolver en esta etapa la validez constitucional del DNU ni el fondo de todos los planteos presentados.
La discusión judicial también se desarrolla en paralelo con expresiones públicas de rechazo a la derogación. En Bariloche hubo concentraciones y actividades impulsadas por organizaciones ambientales, sectores sindicales, comunidades originarias y agrupaciones vecinales. Los reclamos locales se vinculan con una controversia nacional sobre los límites a la titularidad extranjera de tierras rurales y el alcance de las herramientas estatales para proteger recursos naturales.
El lugar de Bariloche en el caso, por lo tanto, no se limita al origen geográfico de la demanda. La ciudad concentra una instancia clave del proceso: allí deberá evaluarse si el amparo puede avanzar y qué protección cautelar corresponde mantener. Mientras la Corte dejó vigente provisoriamente la normativa anterior, el desenlace dependerá de las decisiones judiciales que todavía están pendientes y de las discusiones institucionales que continúan en torno al DNU 70/2023.