22 de julio de 2026
NEUQUEN
Un exfuncionario condenado por la causa Planes Sociales pidió cobrar su sueldo
Se trata de Tomás Siegenthaler, excoordinador de Administración del Ministerio de Desarrollo Social durante la gestión de Omar Gutiérrez. El Gobierno provincial desestimó su pedido de reincorporación y el pago retroactivo de haberes

El gobierno de Neuquén rechazó el reclamo administrativo presentado por Tomás Siegenthaler, uno de los exfuncionarios condenados en la causa conocida como Planes Sociales, quien solicitaba el levantamiento de la suspensión que pesaba sobre él, su reincorporación a la administración pública y el pago de los salarios que le fueron retenidos.
La decisión fue adoptada por el gobernador Rolando Figueroa, quien desestimó en todos sus términos el recurso presentado por el excoordinador de Administración del entonces Ministerio de Desarrollo Social, área desde la que se ejecutó la maniobra de desvío de fondos destinados a planes sociales entre 2020 y 2022, durante la gestión del exgobernador Omar Gutiérrez.
Siegenthaler fue condenado a cinco años de prisión efectiva junto al exministro de Desarrollo Social, Abel Di Luca, y al exdirector de Planes Sociales, Ricardo Soiza, al ser encontrados responsables de integrar la estructura que desvió recursos públicos destinados a familias en situación de vulnerabilidad.
El exfuncionario había presentado el recurso administrativo el 8 de diciembre de 2025. En él solicitó que se dejara sin efecto la suspensión preventiva con retención de haberes que se le había aplicado antes de ser exonerado, además de reclamar su reincorporación al cargo y el pago retroactivo de salarios, aportes previsionales, cargas sociales e intereses.
Tras atravesar las distintas instancias administrativas, el Ejecutivo provincial resolvió rechazar el planteo al considerar que la situación laboral de Siegenthaler ya no estaba alcanzada por una medida preventiva sino por una sanción disciplinaria definitiva.
En los fundamentos de la resolución, el Gobierno sostuvo que la relación de empleo público quedó extinguida mediante el acto administrativo que dispuso su exoneración, la sanción más grave prevista para un agente estatal, por lo que el pedido de reincorporación y levantamiento de la suspensión resultaba improcedente.
Además, el Ejecutivo advirtió que acceder al reclamo implicaría una consecuencia jurídicamente irrazonable, ya que supondría reconocer el pago de salarios retenidos a un exagente cuya responsabilidad administrativa fue acreditada por hechos que ocasionaron un perjuicio directo al patrimonio provincial.
La resolución también remarca que los delitos por los que fue condenado estuvieron vinculados al desvío de fondos públicos que tenían como finalidad asistir a personas en situación de vulnerabilidad, circunstancia que agravó la valoración administrativa de su conducta y justificó la exoneración dispuesta por la actual gestión.