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30 de enero de 2014
JOSE GEREZ

“Las presunciones fallan”

El Fiscal General de NQN destacó que en el último tiempo hubo 35 imputados que se esfumaron antes del juicio. Y se expresó a favor de la prisión preventiva, en casos de delitos graves

“Las presunciones fallan”
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Primer caso: El 8 de enero se realizaba una celebración en un santuario del Gauchito Gil, que se levanta a la vera de la Ruta 22. Y hasta ahí llegó un sujeto que, tras amenazar a otro: “Tuviste problemas con mi hijo, ahora los vas a tener conmigo”, le asestó una apuñalada asesina en pleno tórax.
Segundo caso: El 12 de enero, un sujeto de 18 años ingresó a la vivienda de una anciana y abusó de ella. Un vecino escuchó los ruidos, fue hasta el lugar y lo encontró desnudo, en pleno ataque sexual.
...Con las respectivas audiencias públicas en las que se ventilaron estos casos, debutó el nuevo Código Procesal Penal -o sistema acusatorio- de la provincia de Neuquén. Y lo hizo en medio de controversias, porque ambos jueces rechazaron los pedidos de prisión preventiva que habían realizado los fiscales.
Se presume que el autor de la cuchillada letal, lavó el arma, intentó ocultarla y hasta pretendió endilgarle la autoría a su hijo menor de edad. Aún así, el magistrado entendió que no había peligro de fuga y lo dejó en libertad. Mientras que el juez del segundo caso consideró que no estaba acreditado el abuso y también lo largó.
Las resoluciones causaron adhesiones y rechazos, y uno de los que las rechazó públicamente fue el fiscal general de la Provincia, José Gerez, quien afirmó que en casos como estos “el dictado de la prisión preventiva también debe imponerse, a los efectos de garantizar la paz social y la armonía de la convivencia entre los ciudadanos”.
Tras aclarar que sus expresiones no deben interpretarse como “un ataque” a estos dos casos en particular, Gerez dijo a La Tecla Patagonia que “el eje de la discusión es libertad o no libertad del imputado de delitos graves, con pruebas, durante el proceso hasta el juicio oral y público. ¡Ese es el meollo! Y lo que digo es que (ahora) tenemos un proceso que es ágil, dinámico; y que aquellas decisiones procesales que se tomaban con mucho tiempo se pueden realizar en poco tiempo, porque ahora toda cuestión importante se resuelve en audiencias”.
“Es muy factible que gente que hoy está detenida por un delito grave pueda ser juzgada en un plazo muy breve, entonces esto nos lleva a plantearnos si la prisión preventiva debe funcionar como una medida cautelar o si existen otras vías alternativas”, sostuvo y agregó: “Lo que digo es que conviene que la persona esté privada cautelarmente de su libertad, porque lo que hace el juez es un cálculo probabilístico que no le va a dar nunca la certeza de que no se va a fugar”.
Contó que -el último año- el Ministerio Público Fiscal (MPF) “encaró una investigación de cuántos son los casos de aquellas personas que habiendo sido detenidas por hechos graves recuperaron la libertad durante el proceso para llegar en esa situación al juicio oral, y detectamos que al menos 35 no se presentaron”.
Subrayó que “esto es muy importante porque es una cifra real, y demuestra que esa presunción de que la persona no se va a fugar, en la práctica falla o por lo menos falló 35 veces”.
“Entonces, ante esta cifra, lo que tengo que decir es que la única forma de evitar el riesgo de fuga es mediante el dictado de la prisión preventiva, siempre y cuando se trate de delitos graves como homicidios, violaciones o robos calificados”, dijo y subrayó que su postura “es sobreponer el interés general de la sociedad, y ese interés general se traduce en la realización de un juicio rápido a los efectos de determinar si la persona es culpable o no culpable”.
Tras explicar que con el sistema que acaba de adoptar Neuquén ya no hay preventivas extensas que desnaturalicen su concepción (ver recuadro aparte), el jefe de los fiscales indicó que “es una cuestión de interpretación”.
“El problema no es la herramienta, sino su aplicación por parte de algunos jueces y eso es lo que llama la atención, porque detrás de la decisión de un juez hay una consecuencia jurídica y una repercusión social”, reflexionó.
“Mire, yo creo que el Código de Neuquén tal como ha sido concebido por la Legislatura es una herramienta que puede propender a una sociedad más justa y más segura, pero depende también de su aplicación”, dijo y destacó que “hay algunos jueces, no todos, que tienen una concepción mucho más ultra garantista que otros y privilegian la libertad en el proceso en caso de delitos graves... Yo creo que la sociedad lo que quiere es que en los casos de delitos graves, cuando hay pruebas, la persona quede detenida y vaya a un juicio rápido para dilucidar si es inocente o culpable”.
En ese sentido, sostuvo que, a su entender, “el riesgo de que la persona se fugue es directamente proporcional a la gravedad del delito y a la amenaza de la pena que va a afrontar. Y esta afirmación la saco de aquellas 35 personas que no se presentaron a juicio ante la amenaza cierta de la aplicación de una pena (...) Hoy tienen orden de captura, no volvieron más. Y eran todos casos graves”.
Gerez destacó que, “por ley, el MPF representa al interés general” y dijo que “la propuesta es que (el imputado) llegue detenido al juicio a los efectos de garantizar que no se fugue”.
Sostuvo que “cuando una persona es liberada luego de la imputación de un hecho grave, esto no sólo genera repudio sino también confusión en la sociedad”. Y concluyó: “Es decir que cuando una persona acusada de haber cometido un homicidio o una violación en pocas horas vuelve a transitar las calles de la ciudad donde delinquió o se vuelve a instalar en la vereda de enfrente a la que vivía la víctima, la sociedad se pregunta: ¿esta persona fue favorecida por la Justicia?”

La nota completa en la edición impresa nº 174

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