23 de abril de 2026
RIO NEGRO
Proponen tipificar el bullying como contravención y responsabilizar a los padres
El legislador de la CC - ARI Cambiemos, Javier Acevedo presentó un proyecto de ley que busca tipificar estos delitos como contravenciones habilitando la intervención de los Juzgados de Paz y estableciendo la responsabilidad de los pares o adultos a cargos

El legislador Javier Acevedo (CC-ARI Cambiemos) presentó un proyecto de ley que busca tipificar el acoso escolar o bullying como contravención en el ámbito provincial, habilitando la intervención del Juez de Paz y estableciendo la responsabilidad de los padres o adultos a cargo cuando sus hijos sean los agresores. La iniciativa cuenta con el acompañamiento de la legisladora Roberta Scavo, del mismo bloque.
"Asistimos cada día al crecimiento de situaciones de violencia escolar entre adolescentes, algunas de extrema gravedad. Se trata de un fenómeno multicausal y complejo que merece la mayor atención de la generación adulta y la intervención del Estado", señaló Acevedo al presentar los fundamentos del proyecto. La propuesta define el acoso escolar como toda agresión física, verbal, psicológica o social ejercida de manera intencional y reiterada entre estudiantes, con agravantes en casos vinculados a discapacidad, género, orientación sexual, raza o nacionalidad.
El texto propone incorporar un artículo específico al Código Contravencional vigente (Ley N° 5592), de modo que , sin necesidad de denuncia policial cuando no haya delitos penales de por medio, los familiares de la víctima o la propia institución educativa puedan recurrir directamente al Juzgado de Paz local. "Para evitar la escalada de actos de bullying es imprescindible que los padres o adultos responsables del menor acosador se involucren en forma efectiva.
Hay sin duda una responsabilidad parental al respecto", destacó el legislador.
El juez interviniente podrá exigir a los adultos responsables cumplir con los protocolos escolares y, ante el incumplimiento, aplicar sanciones progresivas: desde amonestaciones y asistencia obligatoria a talleres hasta multas o trabajo comunitario.
Las eventuales multas deberán destinarse a campañas de concientización y prevención a cargo de las autoridades educativas u organismos de protección de la niñez. Las escuelas, por su parte, quedarán obligadas a articular acciones con el juez y a garantizar la intervención de equipos interdisciplinarios.
La iniciativa se inscribe en una tendencia legislativa que crece en el país. Mendoza fue una de las primeras en avanzar al incorporar la responsabilidad parental por acoso escolar al Código de Contravenciones. En Neuquén se propuso una reforma con sanciones progresivas para adultos responsables, que incluyen multas y tareas comunitarias.
En Salta, recientemente se aprobó una modificación que habilita multas y arresto para padres o tutores que no respondan ante situaciones de bullying.
Acevedo remarcó que el proyecto se enmarca en los principios de la Ley Nacional N° 26.061 y respeta el interés superior del niño, el derecho a ser oído y la no criminalización temprana. "Las instituciones educativas cuentan con herramientas pedagógicas que muchas veces resultan insuficientes ante los casos de mayor gravedad. Es necesario dotarlas de un marco normativo e institucional más amplio", subrayó.