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4 de enero de 2023
NACIONALES

El Procurador Nacional le solicitó a la Corte Suprema que suspenda el traspaso de tierras del Ejército a una comunidad mapuche

Eduardo Casal le envió un pedido al Máximo Tribunal para que revise el fallo de primera instancia, que le cede 180 hectáreas a la Lof Millalonco Ranquehue. La transferencia de tierras se encuentra momentáneamente frenada por una medida cautelar de la Cámara Federal Porteña   

El Procurador Nacional le solicitó a la Corte Suprema que suspenda el traspaso de tierras del Ejército a una comunidad mapuche
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El procurador interino de la Nación, Eduardo Casal, le pidió a la Corte Suprema por la revisión del fallo de primera instancia, de la jueza federal María Silvina Domínguez, que le instruye al Ejército ceder de manera gratuita unas 180 hectáreas al Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) para su adjudicación a la comunidad mapuche Millalonco Ranquehue.

De acuerdo a Casal, lo dictaminado el 2 de febrero pasado por la magistrada se debe suspender de inmediato “por las graves afectaciones de la legalidad, del debido proceso legal y de los intereses generales de la sociedad que se encuentran comprometidos, toda vez que el avance hacia el cumplimiento de la decisión profundizará aún más los perjuicios señalados”, ya Domínguez y la Cámara de Apelaciones de Roca consideraron como extemporánea la apelación del Ministerio Público Fiscal contra el fallo. La última presentación del procurador para que la Corte revea la sentencia fue el 2 de diciembre.

En relación al caso, la jueza Domínguez admitió el recurso de amparo presentado por  la Lof Millalonco Ranquehue, en el que se le reconoce la propiedad de terrenos que ocupan desde principios del siglo XX y con el que tienen un conflicto con el Ejercito Nacional.
En su fallo, la magistrada, le ordenó al Ejecutivo que “en el término de 60 días a partir de que quede firme la sentencia, transfiera a título gratuito al INAI, el dominio de las tierras cuya mensura fue aprobada por resolución 1174 de ese organismo, a los efectos de su adjudicación, en forma inmediata, en propiedad a la comunidad”.

Según el procurador, en el fallo no se respeta la división de poderes, ya que la jueza se estaría atribuyendo facultades legislativas ya que “se advierte que la atribución para decidir la disposición de tierras a las comunidades indígenas corresponde al Poder Legislativo y la posterior transferencia a la autoridad de aplicación, al Ejecutivo, previa sanción de ley por el Congreso para cada caso”.

Asimismo, el fiscal recordó que hay otra causa que investiga si los abogados defensores del Ejército argentino dejaron cumplir los plazos de apelación apropósito, por lo que hace tres semanas la Cámara Federal porteña dictó una medida cautelar “a los efectos de impedir la producción de cualquier acto administrativo por parte del Poder Ejecutivo Nacional, del INAI o cualquier otro organismo público que pudiera resultar con competencia tendiente a transferir el dominio de las tierras”.
 

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