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Jueves, 28 marzo 2024
RIO NEGRO
10 de septiembre de 2022

Cuáles son los cambios que se darán en la Comisiones de Fomento tras la nueva ley

La Legislatura de Río Negro sancionó la ley que modifica el marco normativo de las Comisiones de Fomento de la Provincia, con cambios en la estructura de funcionamiento. Además, aprobó otra norma que establece un régimen excepcional para regular tierras fiscales también en las comisiones de fomento

Cuáles son los cambios que se darán en la Comisiones de Fomento tras la nueva ley - La Tecla Patagonia

El debate fue presenciado en el recinto por el ministro de Gobierno y Comunidad, Rodrigo Buteler, el director de Comisiones de Fomento, Ramiro Fuentes Vivanco, y por comisionados de fomento de la Provincia.

En primer término se trató la modificación de la ley Nº5352, una reforma impulsada por el Poder Ejecutivo a raíz de un pedido de los comisionados de fomento por “las complejidades que representa en el devenir diario de su gestión la estructura de funcionamiento que plantea la ley vigente”.

Entre otras reformas, la ley sancionada en forma unánime establece que las comisiones de fomento estarán compuestas por un presidente, o comisionado, designado por el Poder Ejecutivo provincial, elegido en forma directa por el Pueblo; y dos vocales titulares y dos suplentes, elegidos por sistema D’Hont.

Con la modificación, ahora el Comisionado podrá elegir al secretario administrativo entre los vocales, a diferencia de la norma vigente, que establece que es el primer vocal quien cumple las funciones administrativas.

Por el oficialismo, Soraya Yauhar resaltó en la presentación del proyecto que la iniciativa es consecuencia de la preocupación que plantearon los comisionados, con el objetivo de mejorar la gestión administrativa.

Daniel Belloso (UC) y Juan Martín (JxC) adelantaron el aval de sus bloques y rescataron que la reforma haya surgido a partir de las necesidades de los comisionados de fomento.

Luis Noale (FdT) se manifestó a favor de la reforma, consideró que la posibilidad del que comisionado elija a secretario administrativo va a ser más eficiente la gestión; aunque
consideró que debe haber controles ágiles y eficientes para que la comunidad sea informada de la gestión de los recursos.

Ignacio Casamiquela (FdT) expresó su apoyo a la iniciativa; dijo que es una modificación necesaria para los comisionados, “un pequeño avance”. Sin embargo, consideró que es necesaria una discusión integral de esta ley.

Nicolás Rochas manifestó el aval del Frente Renovador, aseguró que esta norma “viene a corregir lo que hay, para llevar adelante una mejor gestión que redunde en beneficio para los vecinos”.

La presidente del bloque del FdT, María Eugenia Martini, aunque votó afirmativamente, cuestionó que con esta reforma el secretario administrativo “pasará a ser un funcionario del Ejecutivo provincial”. Además, planteó que las comisiones de fomento son “una construcción deficitaria y deudora de nuestro texto constitucional” y pidió seguir trabajando sobre eso.

Ante las críticas de Martini, Facundo López aclaró que a partir de la sanción de la ley 5352 el comisionado lo designa el Gobernador pero luego de ser elegido por la voluntad popular, por ende el Gobernador sólo firma el decreto, o sea es el encargado de cumplir con el acto administrativo, cuando antes era el Gobernador quien elegía al comisionado.

El presidente del bloque oficialista agradeció el acompañamiento unánime de la Cámara: “Estamos dándoles las herramientas a los comisionados de fomento para que puedan administrar”, expresó.

Régimen Excepcional de Regularización de Tierras Fiscales

También de forma unánime, la Cámara avaló la creación del Régimen Jurídico Excepcional para la Regularización de Tierras Fiscales en Comisiones de Fomento de la Provincia de Río Negro, para garantizar a las familias que ocupan predios urbanos fiscales el acceso y la obtención de su título de propiedad.

Este Régimen, propuesto por el Ejecutivo provincial, alcanza a quienes acrediten la tenencia actual, pública, pacífica y continua, durante un plazo mínimo de diez años, y que tenga por destino la vivienda única familiar.

El legislador Lucas Pica (JSRN) explicó que el proyecto propone generar una dispensa jurídica en algunos de los requisitos de la ley 1452, para “sanear, permitir, reparar y acompañar un derecho” de más de 1250 familias, que tendrán la posibilidad de acceder al título de propiedad de su tierra.

Señaló que esta situación reúne los requisitos para permitir la excepcionalidad y pasar el tamiz de consitucionalidad que impone la legislación argentina, porque se trata “de una situación de emergencia, en la que se amparan derechos colectivos, hay razonabilidad y una fijación de espacio en el tiempo”.

Para fijar esta temporalidad y hacer lugar a la excepción, previo al tratamiento del proyecto se incorporó una  modificación en el artículo 6, en el que se propone un plazo de 5 años para el acogimiento voluntario al régimen, con opción a prorrogarse por cinco años más.

La autoridad de aplicación de esta ley será la Dirección de Tierras, dependiente del Ministerio de Gobierno y Comunidad.

 

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