13 de enero de 2012
CAUSA SORIA
Freydoz está en condiciones de declarar
Los médicos que le realizaron una serie de pericias psicológicas a le esposa del fallecido gobernador Carlos Soria, tuvieron conclusiones “discordantes”, pero no se dieron detalle de las mismas
Tal como estaba previsto. el juez Juan Pablo Chirinos, que entiende en la causa que investiga la muerte del gobernador Carlos Soria, emitió ayer un comunicado oficial sobre las pericias, que se le practicaron a Susana Freydoz.
Al respecto, el magistrado señaló que los profesionales Ricardo Ernesto Risso, Perito Oficial y Carlos Luis Miguel Cornaglia, Consultor Técnico de Parte “concordaron en la capacidad de la señora Freydoz de presentarse en la actualidad a prestar declaración indagatoria”.
Además, confirmó que las conclusiones de las pericias realizadas por ambos médicos fueron discordantes, pero no se dieron detalles de las mismas.
Comunicado oficial:
Atento a la disparidad de informaciones relativas a la salud mental de la señora Susana Graciela Freydoz, única imputada en la muerte del hasta entonces Sr. Gobernador de esta provincia de Río Negro, Dr. Carlos E. Soria, puedo decir:
1. Que los doctores Ricardo Ernesto Risso, Perito Oficial y Carlos Luis Miguel Cornaglia, Consultor Técnico de Parte, entrevistaron a la señora Freydoz en tres oportunidades por un lapso de tiempo de aproximadamente 7 horas en total.
2. Que durante dichas entrevistas la señora Freydoz se encontraba bajo tratamiento psiquiátrico con medicación debidamente prescripta.
3. Ambos Médicos concordaron en la capacidad de la señora Freydoz de presentarse en la actualidad a prestar declaración indagatoria y en la necesidad de continuar con la asistencia psiquiátrica de la misma.
4. Consultadas las partes y de común acuerdo con el Tribunal se informa que las pericias fueron discordantes, y que el consultor técnico de la defensa solicito mayores pruebas a fin de poder emitir un informe definitivo.
5) Por último, y complementando la información que diera el día 1° de enero de 2012 el doctor Emilio Stadler, se puede indicar que:
a) El disparo se produjo en el marco de una discusión entre el doctor Soria y la señora Freydoz, sin que existiera interrupción alguna entre el comienzo de la discusión y la finalización de la misma por el disparo.
b) No se cuenta en la actualidad con ningún elemento probatorio, ni siquiera indiciario, que permita sospechar la intervención en el hecho de alguna otra persona distinta a las ya mencionadas.
c) El lugar del hecho se encuentra preservado y sobre el mismo se realizaron todas las pericias ordenadas por el doctor Stadler. El mismo fue visitado por la Defensa junto a su Consultor Técnico, quien no sugirió nuevas medidas sobre el lugar.
d) Los informes de criminalística iniciales serán complementados con nuevos informes a desarrollarse en el Cuerpo Médico de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en el Laboratorio Regional de Investigación Forense de Salta y por la Dra. Cristina Rubio, consultora habitual de éste Poder Judicial.
Al respecto, vale recalcar que se hizo lugar a todos los puntos de pericia solicitados por ambas partes, y atento a la discrepancia en los lugares propuestos para la realización de las mismas se realizó una audiencia el día martes 10 de enero de 2012, en donde se consensuaron posiciones en donde esto no fue posible el tribunal resolvió. La resolución a la fecha no fue cuestionada por las partes.
e) Se ha recepcionado todas las declaraciones testimoniales ordenadas por el tribunal, sin que las partes hayan solicitado la declaración de nuevos testigos.
General Roca, 12 de enero de 2012.
JUAN PABLO CHIRINOS
JUEZ DE FERIA