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23 de octubre de 2019
NEUQUEN

Crexell tuvo el visto bueno del fiscal federal electoral para ocupar el lugar de Quiroga

El fiscal federal electoral Jorge di Lello dictaminó que la senadora nacional Lucila Crexell ocupe el primer lugar en la lista de candidatos de a senadores de Juntos por el Cambio, al hacer lugar a un reclamo de la legisladora

Crexell tuvo el visto bueno del fiscal federal electoral para ocupar el lugar de Quiroga
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El fiscal federal electoral Jorge di Lello dictaminó que la senadora nacional Lucila Crexell ocupe el primer lugar en la lista de candidatos de a senadores de Juntos por el Cambio, al hacer lugar a un reclamo de la legisladora.

La senadora, proveniente del Movimiento Popular Neuquino (MPN), objetó la decisión de la jueza Carolina Pandolfi, que dispuso que el primer candidato suplente de la alianza, Pablo Cervi, reemplace al fallecido Horacio "Pechi" Quiroga, que iba en el primer lugar de la lista.

De esta manera, la jueza priorizó a ese postulante y mantuvo a Crexell en segundo lugar de la nómina, argumentando la norma que establece la paridad de género.

Pero Crexell reclamó la aplicación del Código Nacional Electoral y el fiscal Di Lello le dio la razón, según expresa el dictamen que publica la agencia Télam.

El Fiscal puso en consideración los preceptos de la Constitución Nacional, el Código Nacional Electoral y la ley de paridad de género, al tiempo que ejemplificó que la normativa establece que "en caso de renuncia, fallecimiento o incapacidad sobreviniente del candidato presidencial 'será reemplazado por el candidato a vicepresidente' y en caso de vacancia de éste la agrupación 'deberá a proceder a su reemplazo'

"Como se advierte, más allá del motivo por el cual debe adecuarse la lista o efectuarse el reemplazo de un candidato, el método establecido por el legislador es el corrimiento ascendente de los postulantes, según el orden que integran la lista", dijo.

Añadió el fiscal que "en ese contexto, el ordenamiento de la lista efectuada por el magistrado no se condice con las premisas establecidas en el art. 60 bis del CEN".

"Por un lado, porque se aparta de la primer premisa que establece que las listas 'deben integrarse ubicando de manera intercalada a mujeres y varones desde el/la primer/a candidato/a titular hasta el/la último/a candidato/a suplente', pues oficializa: como primer candidato titular a un varón, luego una mujer y seguidamente, otra mujer como primer candidata suplente a senadora nacional (varón–mujer–mujer), burlando aviesamente la normativa vigente respecto de la paridad de géneros que establece un claro principio de alternancia en las listas".

"Y por otro lado -sostuvo-, porque altera el orden de prelación natural de la lista de candidatos originalmente propuestos, efectuando un corrimiento que supone que quien era propuesto por la agrupación en último lugar como segundo candidato suplente, termine siendo la primer propuesta que lleva la alianza como candidato a Senador en las próximas elecciones", resaltó. Ahora será la Cámara Nacional Electoral la que deberá resolver la cuestión.
 

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