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Sábado, 30 mayo 2026
Argentina
16 de octubre de 2019
CRISIS CHUBUT

Superministro: Massoni podrá realizar denuncias por cortes de ruta y tomas de escuelas

El gobernador, Mariano Arcioni, estableció por decreto que Federico Massoni posea las facultades de formular denuncias y solicitar cautelares cuando se considere que se altera el mantenimiento de la paz y el orden público

Superministro: Massoni podrá realizar denuncias por cortes de ruta y tomas de escuelas
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El gobernador Mariano Arcioni decretó el otorgamiento de facultades especiales para el ministro Coordinador de Gabinete, Federico Massoni. Las mismas lo facultan a realizar denuncias o solicitar cautelares cuando se considere que se altere el mantenimiento de la paz y el orden público. 

El decreto Nº 1115 fue publicado en el Boletín Oficial del pasado 11 de octubre y sostiene: “Facúltese de manera expresa, al Ministro Coordinador de Gabinete, Dr. Federico Massoni, a la formulación de las denuncias y/o la interposición de las acciones judiciales, por ante la autoridad administrativa y/o judicial que corresponda, cualquiera sea su competencia, fuero o jurisdicción; pudiendo demandar y contra demandar, denunciar hechos nuevos, contestar todo tipo de traslados, solicitar toda clase de medidas cautelares, recusar, decir de nulidad, prestar cauciones y juramentos, oponer y contestar toda clase de recursos, y toda otra gestión o trámite judicial o extra judicial que fuera necesario ejercer, para el mejor desempeño de las facultades conferidas, en el marco y a los fines previstos en este decreto, y hasta su completa terminación con todos sus incidentes; que fueren conducentes al mantenimiento de la paz y el orden público, y a reencauzar las actuales circunstancias de conflictividad social que se verifican en el ámbito provincial”. 

Las acciones interpuestas por el Ministros no tendrán relación con las que pudiera presentar la Fiscalía de Estado, el organismo previsto para tomar este tipo de medidas. 

En el artículo dos del decreto, se establece que “para el caso de resultar necesario, confiérase intervención a la Escribanía General de Gobierno, a los fines del otorgamiento del Poder Especial, en favor del Ministro Coordinador de Gabinete”.
 

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