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Argentina
23 de noviembre de 2011
RIO NEGRO

Sodero Nievas decidió en amparo legisladora Horne

El Dr. Víctor Hugo Sodero Nievas decidió hacer lugar a la acción intentada que participa de la naturaleza jurídica de un amparo ambiental colectivo interpuesto por la Legisladora Silvia Horne

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La Dirección de Medios de Comunicación del Poder Judicial de Río Negro comunicó que el juez Víctor Sodero Nievas, en representación del Superior Tribunal de Justicia (STJ), resolvió un amparo presentado por la legisladora Silvia Horne en relación al convenio firmado entre el gobierno presidido por Miguel Saiz y un grupo de empresas chinas para que desarrollen distintos proyectos en el territorio de la provincia.

El magistrado no sólo hizo lugar a la presentación, sino que ordenó al Ejecutivo provincial a requerir la intervención de los municipios y que “informe sobre lo actuado a las respectivas áreas de gobierno para el cumplimiento de lo aquí resuelto”.

Por otro lado, subrayó que “el Poder Ejecutivo asimismo dispondrá las medidas necesarias y urgentes para hacer efectivos los principios preventivo y precautorio y los estudios de planificación ambiental, de impacto ambiental; de impacto ambiental estratégico y finalmente del estudio de impacto conglobante, conforme los fundamentos, debiendo proveer los recursos necesarios para tal fin”.

En cuanto a los cuestionamientos sobre la no convocatoria a la participación de todos los sectores de la comunidad, Sodero Nievas detalló que el Ejecutivo debe “cumplir con la demanda de participación previa y decisión heteroinstitucional concomitante de los organismos involucrados en la toma de decisiones atento la trascendencia del proyecto en cuestión”.

Sodero Nievas determinó “dictar una medida cautelar de no innovar hasta tanto se cumplan con todas las obligaciones señaladas en los puntos anteriores del decisorio, conforme a la normativa nacional y provincial citada y poner el presente decisorio a conocimiento de la Legislatura provincial”.

Horne había solicitado en su presentación ante el STJ que “se ordene la suspensión o la abstención del Poder Ejecutivo, de la aplicación del convenio que aún está pendiente de aprobación legislativa y que celebró el Gobernador con las empresas Heilongjiang Beidahuang State Farms Business Trade Group CO LTD, Strong Energy SA, por afectar el principio republicano y el de legalidad, previstos respectivamente en los artículos 1 y 31 de la Constitución Nacional".

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