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Jueves, 17 septiembre 2026
Argentina
17 de septiembre de 2026
CHUBUT

El proyecto de alivio financiero tuvo dictamen en comisión y puede aprobarse este jueves

La iniciativa del Ejecutivo obtuvo dictamen favorable tras pasar por las comisiones de Presupuesto y Hacienda y de Legislación General. El proyecto establece créditos para refinanciar deudas y fija límites para los descuentos sobre los salarios de empleados públicos

El proyecto de alivio financiero tuvo dictamen en comisión y puede aprobarse este jueves
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El proyecto de Ley N° 103/26, impulsado por el Poder Ejecutivo de Chubut, quedó en condiciones de ser tratado este jueves en la Legislatura luego de obtener dictamen favorable en un plenario de las comisiones de Presupuesto y Hacienda y de Legislación General, Cultura y Educación.

El encuentro contó con la participación del asesor General de Gobierno, Emiliano Chialva, y del presidente del Banco del Chubut, Paulino Caballero, quienes explicaron los alcances de la iniciativa y respondieron las consultas de los diputados. Luego de ese intercambio, se incorporaron modificaciones al texto original y el proyecto avanzó con despacho favorable.

La propuesta crea un Programa de Alivio Financiero destinado a personas residentes en la provincia que atraviesen una situación de vulnerabilidad económica. El objetivo es facilitar la refinanciación o cancelación de deudas vinculadas a tarjetas de crédito y préstamos personales mediante líneas especiales ofrecidas por entidades financieras que adhieran al programa.

Entre las condiciones previstas, podrán acceder quienes tengan deudas con entidades financieras y se encuentren en determinadas categorías de la Central de Deudores del Banco Central. También deberán acreditar ingresos familiares inferiores a diez Salarios Mínimos, Vitales y Móviles y contar con domicilio real en Chubut.

Los créditos tendrán una tasa nominal anual fija máxima del 35% y un plazo mínimo de devolución de 24 meses. Las entidades podrán ofrecer condiciones más favorables, mientras que los préstamos deberán destinarse exclusivamente a cancelar o refinanciar las deudas comprendidas por el programa.

El proyecto también incorpora un beneficio impositivo para las entidades que participen. Los ingresos generados por estos préstamos tendrán una alícuota reducida al 50% de la alícuota general correspondiente a la actividad, siempre que las operaciones respeten las condiciones fijadas por la ley.

Otro de los puntos centrales de la iniciativa modifica el esquema de descuentos sobre los salarios de los empleados del sector público provincial. El texto establece que las deducciones destinadas al pago de préstamos, consumos o cuotas sociales no podrán superar el 20% de la remuneración total del agente.

Además, se establece que, después de los descuentos, el trabajador no podrá quedar con un ingreso inferior al Salario Mínimo, Vital y Móvil. Las asignaciones familiares quedan expresamente excluidas de cualquier descuento.

La iniciativa también crea un registro de entidades que podrán operar mediante el sistema de código de descuento y establece límites sobre el costo financiero total de los créditos. Las entidades deberán informar previamente las condiciones de cada operación, incluyendo tasa de interés, cantidad e importe de cuotas y costo financiero total.

El proyecto reemplaza además el régimen anterior previsto por la Ley I N° 109. Los préstamos otorgados bajo esa normativa que hayan quedado suspendidos podrán volver a descontarse de los haberes, pero únicamente si la entidad se incorpora al nuevo registro y adecua las condiciones del crédito a los límites establecidos.

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