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Jueves, 21 agosto 2025
Argentina
21 de agosto de 2025
DECISIÓN JUDICIAL

La Justicia declaró inconstitucional el DNU que afecta derechos de trabajadores de YCRT

El Juzgado Nacional del Trabajo N° 73 hizo lugar a una demanda de ATE y dictó un fallo que deja sin efecto dos artículos de un decreto de Javier Milei que declaraba la caducidad del Convenio Colectivo de Trabajo de los trabajadores de Río Turbio

La Justicia declaró inconstitucional el DNU que afecta derechos de trabajadores de YCRT
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En una decisión relevante para los trabajadores mineros de Santa Cruz, la Justicia Nacional del Trabajo declaró la inconstitucionalidad de dos artículos de un decreto impulsado por el presidente Javier Milei, que declaraba la caducidad del Convenio Colectivo de Trabajo (CCT 3/75 E) en Yacimiento Carbonífero Río Turbio (YCRT).

El Juzgado Nacional del Trabajo N° 73, a cargo de Diego Fernández Madrid, falló a favor de la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE) y restituyó la vigencia del Convenio Colectivo de Trabajo 3/75 E de YCRT, que se había visto afectada en los artículos 8 y 9 del Decreto 115/25 de Milei.

El Poder Ejecutivo buscaba, a través de un DNU, derogar el convenio colectivo que resguarda derechos fundamentales de los trabajadores de Río Turbio.

El juez laboral hizo lugar a la demanda presentada por ATE, entendiendo que el decreto vulnera la Constitución y los principios de la legislación laboral vigente. En ese sentido, dictó un fallo que reconoce la vigencia y la ultraactividad del convenio colectivo suscripto por el gremio en representación de los mineros de la cuenca carbonífera santacruceña. 

El secretario general de ATE Río Turbio, Matías Delgado, celebró la decisión de la justicia y subrayó que se trata de un límite concreto a la política antisindical promovida por el Gobierno.

En declaraciones radiales, contó que no han tenido diálogo con Nación pero sí con funcionarios del gobierno de Claudio Vidal. “Sabemos que no es el gobernador quien toma la decisión pero es quien tiene diálogo con las autoridades nacionales, intercambia ideas con Energía y también representantes del gobierno nacional. Con el actual encargado de la empresa tenemos mesa de trabajo, aunque no coincidimos mucho en su gestión, pero es el equipo que está al frente y tenemos que hablar con todos”, expresó.

El fallo de primera instancia se suma a una serie de decisiones judiciales donde los magistrados han fallado a favor de los sindicatos para frenar reformas que afectan a derechos laborales, como la limitación del derecho a huelga o la ampliación de las actividades consideradas esenciales.

En otro orden, esta semana se publicó una resolución en el Boletín Oficial con la que el Gobierno nacional oficializó la creación de Carboeléctrica Río Turbio Sociedad Anónima, la nueva empresa estatal que absorberá al Yacimiento Carbonífero de Río Turbio (YCRT) y a los Servicios Ferroportuarios con terminales en Punta Loyola y Río Gallegos.
 

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