26 de mayo de 2025
CONFLICTOS TERRITORIALES
Dos reveses judiciales complican al Lof Quintriqueo y a Pachil Antriao
En ambos casos se trata del rechazo a recursos presentados por la defensa de las comunidades para evitar la ejecución de dos sentencias que les ordenan el desalojo de los territorios en disputa

La Sala 2 de la Cámara de Apelaciones Civil, Comercial, Laboral, Minería y Familia, con competencia en el interior de la provincia, rechazó un recurso de queja interpuesta por la comunidad mapuche Lof Quintriqueo contra la resolución dictada por un juez de primera instancia que denegó una apelación de la sentencia que ordena la restitución de un lote ocupado por la comunidad.
La Cámara, integrada por los jueces Nancy Vielma y Juan Menestrina, recordaron que el 3 de abril pasado el juez de primera instancia en lo Civil y Comercial de Villa La Angostura, Francisco Astoul Bonorino, de Villa La Angostura ordenó el libramiento de mandamiento de desalojo contra Pascual Felidoro Quintriqueo, la Comunidad Mapuche Lof Kinxikew (Quintriqueo) y toda otra persona que se encuentre ocupando el predio perteneciente a María Cristina Broers.
La comunidad mapuche presentó un recurso de reconsideración con apelación en subsidio contra esa decisión, argumentando que interpuso una queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación contra la resolución del Tribunal Superior de Justicia de Neuquén que declaró inadmisible el Recurso Extraordinario Federal interpuesto por la comunidad contra una resolución de octubre de 2024 que, a su vez, declaró inadmisibles los recursos extraordinarios de casación contra la sentencia de esta Cámara que confirmó el desalojo ordenado en la sentencia de primera instancia.
Dijo que, si bien la misma no suspende la ejecución de la sentencia, esto puede variar y, en este caso, la Corte habría otorgado efecto suspensivo al recurso.
La comunidad, además, había denunciado la resolución que el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) dictó el 4 de diciembre del 2023, mediante la cual se reconoce la ocupación actual, tradicional y pública de la Comunidad “Lof Kinxikew (Quintriqueo)” respecto de la superficie en disputa.
Además, citó otros casos donde la Corte hizo lugar a recursos de queja presentados por comunidades, como en la “causa Popik”, donde el Procurador General ya opinó que correspondía hacer lugar al recurso.
Los jueces de la Sala 2, esgrimieron sus argumentos y concluyeron que “tal como consideró el magistrado de Villa La Angostura, ‘nos encontramos ante un planteo reiterativo de otro anterior, ya tratado, por lo cual, la denegatoria de la apelación luce correcta’”.
Revés para Paicil Antriao
La Sala 1 de la Cámara Provincial de Apelaciones Civil, Comercial, Laboral, Minería y Familia, con competencia en el interior de Neuquén, rechazó la apelación presentada por la comunidad mapuche Paichil Antriao, que impugnó que el Juzgado Civil N° 2 de Junín de los Andes devolviera la causa por la ocupación del camping Correntoso al Juzgado Civil de Villa La Angostura.
La devolución se dispuso a finales del año pasado para continuar con el trámite de ejecución de la sentencia dictada por el juez Pablo Furl, que ordena restituir el predio a la Municipalidad de Villa La Angostura. Pero el apoderado legal de la comunidad Paichil Antriao, Luis Virgilio Sánchez, la había objetado, con el argumento que actualmente “se encontraban en un proceso de diálogo, no correspondiendo al Juzgado ‘contaminarlo’ promoviendo de algún modo un proceso de ejecución de sentencia, que es facultad exclusiva del actor y el magistrado no tiene por qué impulsar”.
También recordó que hay un recurso de queja presentado ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, luego de la denegación del recurso extraordinario por parte del Tribunal Superior de Justicia, que todavía está en trámite. Por eso, Sánchez insistió que la resolución del TSJ de Neuquén no está firme.
La municipalidad de Villa la Angostura, por su parte, pidió rechazar el planteo de la comunidad porque entienden que “no hay ningún proceso de diálogo entre las partes y que, por el contrario, el Intendente de la Municipalidad de Villa La Angostura ha instruido a la asesoría legal a que inicie la ejecución de sentencia”.
Ahora, el camarista Manuel Castañon López afirmó que el planteo de la comunidad “se traduce en una mera disconformidad con la decisión tomada por el juez de primera instancia. Destacó en la resolución que “cesadas las condiciones de subrogancia, el proceso debe ser radicado ante el juez natural” en el juzgado de Villa La Angostura.