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Lunes, 20 octubre 2025
Argentina
20 de octubre de 2025
PUEBLOS ORIGINARIOS

El Superior Tribunal de Río Negro cerró la vía judicial a la comunidad mapuche Buenuleo

El máximo tribunal provincial rechazó el recurso extraordinario de cinco integrantes de la comunidad condenados por usurpación en Bariloche. La defensa alegó violación de derechos de pueblos originarios, pero el STJ consideró que no cumplió con los requisitos formales para habilitar la instancia federal

El Superior Tribunal de Río Negro cerró la vía judicial a la comunidad mapuche Buenuleo
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El Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Río Negro declaró inadmisible el recurso extraordinario federal presentado por la defensa pública de cinco integrantes de la comunidad mapuche Lof Che Buenuleo, condenados por usurpación en Bariloche, con lo cual se agotó la vía recursiva en el fuero provincial. La resolución, firmada el 17 de octubre, deja a la defensa con la opción de presentar una queja directamente ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.  

La defensa había argumentado que la sentencia violaba garantías constitucionales, desconocía el derecho al juez imparcial y omitía aplicar la normativa específica sobre derechos de pueblos originarios. También alegó arbitrariedad en la valoración de las pruebas y en la imposición de medidas restrictivas que prohibían a los condenados acercarse al predio en disputa.  

Sin embargo, el STJ consideró que no se cumplieron los requisitos formales para habilitar la vía federal, señalando que la presentación no desarrolló con claridad la relación entre las normas invocadas y los hechos resueltos en la sentencia. El tribunal, con los votos de los jueces Liliana Piccinini, Ricardo Apcarian, Sergio Barotto y Sergio Ceci, y la abstención de la presidenta Cecilia Criado, sostuvo que la defensa se limitó a repetir planteos ya tratados en instancias anteriores sin ofrecer una crítica concreta a los fundamentos del fallo.  

En el juicio original, el tribunal de Bariloche había condenado a Ramiro Buenuleo, Aucán Maliqueo, Rosa Buenuleo, Sandra Ferman y Lucas Dinamarca a un año y tres meses de prisión en suspenso, tras considerar acreditado que ingresaron ilegítimamente a un lote y despojaron de la posesión a un particular. Durante el proceso, la defensa presentó resoluciones del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) y testimonios sobre la ocupación tradicional del área, pero los jueces descartaron ese encuadre y resolvieron que no se acreditó un derecho legítimo sobre el inmueble.  

El defensor oficial Marcos Cicciarello, representante de la comunidad, había cuestionado especialmente que los tribunales provinciales omitieran tratar sustancialmente el reconocimiento territorial emitido por el INAI. No obstante, el STJ consideró que estos planteos estaban insuficientemente desarrollados como para configurar una cuestión federal válida. La comunidad mapuche agotó así todas las instancias judiciales en Río Negro, quedando la Corte Suprema como última opción para revisar el caso.

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