14 de abril de 2026
NEUQUEN
Condenan por 63 estafas a una mujer en una causa ligada a la Cooperativa 14 de Octubre
La Justicia provincial declaró responsable a la imputada por una maniobra de venta fraudulenta de terrenos realizada a través de la Cooperativa 14 de Octubre. Hubo 63 familias damnificadas y ahora resta definir la pena

La Justicia de Neuquén declaró culpable a Miriam Claudia Alejandra Godoy en una causa por estafas reiteradas vinculada a operaciones realizadas mediante la Cooperativa 14 de Octubre. La mujer fue considerada coautora de 63 hechos de defraudación relacionados con la venta irregular de terrenos que nunca fueron entregados.
La resolución se conoció luego de una audiencia en la que se homologó un acuerdo entre la fiscalía, la querella y la defensa. En ese marco, la acusada admitió su participación en la maniobra, aceptó los cargos y renunció al juicio oral sobre la responsabilidad penal, por lo que el expediente avanzará ahora directamente a la etapa de fijación de pena.
La investigación fue impulsada por el fiscal Juan Narváez y la asistente letrada Tanya Cid, quienes sostuvieron que los hechos ocurrieron entre 2016 y julio de 2022. Según la acusación, las maniobras se realizaron utilizando el nombre y la estructura de la Cooperativa 14 de Octubre para captar compradores interesados en acceder a lotes en la meseta de Neuquén.
De acuerdo con la causa, Godoy actuó junto a Mario Osvaldo Del Río, quien ya fue condenado previamente en el mismo expediente. Ambos ofrecían terrenos a personas y familias que buscaban una solución habitacional, generando una apariencia de legalidad a través de la cooperativa.
El esquema consistía en inducir a error a las víctimas para que efectuaran pagos por lotes que nunca eran adjudicados. Según la fiscalía, el dinero que debía dirigirse a la empresa desarrolladora terminaba desviado hacia cuentas controladas por los imputados.
Además, la operatoria incluía documentación informal, incompleta o carente de validez legal para simular transacciones genuinas. De esa manera, las personas afectadas creían estar avanzando en una compra regular cuando en realidad no existía respaldo real sobre los terrenos ofrecidos.
La investigación determinó que 63 familias resultaron damnificadas. El perjuicio económico fue estimado en más de 61,9 millones de pesos y 13.450 dólares, montos entregados sin recibir contraprestación alguna.
Entre las pruebas valoradas por el tribunal se incluyeron testimonios de víctimas, documentación contractual, pericias contables, estudios caligráficos, análisis informáticos y registros de comunicaciones. Para la fiscalía, esos elementos permitieron reconstruir la maniobra y acreditar el desvío de fondos con fines personales.
El fallo fue dictado por un tribunal integrado por los jueces Marco Lupica Cristo, Cristian Piana y Raúl Aufranc. La decisión fue unánime y convalidó el acuerdo alcanzado entre las partes.
En su voto, Lupica Cristo sostuvo que el entendimiento cumplía con los requisitos legales, tenía respaldo probatorio suficiente y había sido aceptado de manera voluntaria por la imputada.
Con la responsabilidad penal ya definida, se abrirá ahora la etapa de cesura. Las partes tendrán cinco días para ofrecer pruebas antes de la audiencia en la que se debatirá la pena que deberá cumplir la condenada.