2 de marzo de 2026
NEUQUEN
La Justicia Electoral bajó una de las listas para la interna del PJ neuquino
Se trata de la lista que lidera el dirigente de la UOCRA, César Godoy, que buscaba posicionarse como una tercera posición entre el parrillimo y la lista referenciada con Darío Martínez. El juez hizo lugar a un pedido de impugnación por falta de avales

La justicia federal neuquina decidió bajar a una de las listas que pretendían competir por la conducción del PJ neuquino en las elecciones internas. El juez subrogante Gustavo Villanueva, a cargo del Juzgado Federal de Neuquén N°1, hizo lugar a un pedido de impugnación presentado por la agrupación Peronismo para la Victoria- Unidad Justicialista, que acusó a la Lista 45 “Frente Peronista” de no reunir los avales exigidos por la Carta Orgánica.
La lista que, si no apela la decisión judicial, no podrá competir es la que encabeza el dirigente de la UOCRA de Rincón de los Sauces, César Godoy, un espacio que aspiraba a convertirse en una tercera opción entre las listas referenciadas con dos históricos dirigentes: Oscar Parrilli y Darío Martínez. La otras listas están encabezadas por José Asaad y Juan Domingo "Chule" Linares.
La resolución judicial analiza el informe de los veedores tras el escándalo ocurrido en la madrugada del 21 de febrero, cuando se denunciaron ingresos de documentación fuera de término en la sede partidaria, en el marco del cierre de listas para las elecciones internas del 15 de marzo.
El fallo de Villanueva señala que la Lista 45 no alcanzó el 3% de avales requeridos sobre el padrón partidario, equivalente a 603 avales válidos, y tan solo se presentaron 517 avales en soporte papel y 557 nombres en planilla Excel (incluidos tres sin identificación completa). En ambos casos, la cifra quedó por debajo del mínimo exigido.
Por otra parte, el juez rechazó la posibilidad de computar avales “cedidos” por la Lista 22 “Peronismo al Futuro”, al considerar que la voluntad del afiliado es intransferible y que no existe norma que habilite la cesión entre listas internas. Incluso observó que los avales de la Lista 22 no consignaban a qué lista estaban destinados.
El fallo también analiza el informe de los veedores judiciales sobre el cierre de listas, ya que la lista fue acusada de presentar la documentación 5 minutos después del plazo estipulado. El juez recordó que los plazos electorales son “fatales y preclusivos” y citó jurisprudencia de la Cámara Nacional Electoral que equipara el cronograma electoral a un sistema de “esclusas”: una vez vencido el plazo, no puede reabrirse.
El magistrado llamó la atención a la Junta Electoral del PJ neuquino por no haber elevado de inmediato las apelaciones, como exige el artículo 32 de la Ley de Partidos Políticos, y le recordó que deberá cumplir ese procedimiento en el futuro.