29 de septiembre de 2025
NEUQUEN
Arbitraje y desalojos express: los nuevos puntos de la reforma Procesal Civil
Una nueva versión del anteproyecto presentado en la Legislatura propone un "régimen monista" que unificaría los procedimientos, incorpora el arbitraje comercial internacional y agilizaría los desalojos a 45 días. El jurista Gustavo Calvinho expuso sobre los cambios que buscan modernizar la justicia provincial

La provincia de Neuquén se encamina a una transformación histórica de su sistema de justicia civil y comercial. En una reunión de la subcomisión legislativa, el jurista Gustavo Calvinho presentó los avances del anteproyecto de reforma del Código Procesal, que introduce cambios profundos en los procedimientos judiciales.
La iniciativa establece un "régimen monista" que unificaría los procesos declarativos bajo dos vías principales: el ordinario con oralidad y el sumarísimo principalmente escrito. De aprobarse, Neuquén se convertiría en la primera provincia del país en contar con este sistema alineado a estándares internacionales.
La incorporación del arbitraje comercial internacional emerge como una de las innovaciones más significativas. Calvinho destacó que esta herramienta brindará "seguridad" para las inversiones, ya que el árbitro será siempre un especialista en la materia y el proceso mantendrá carácter confidencial.
La regulación se articula a través de dos artículos específicos: uno que remite a la ley nacional de arbitraje comercial y otro que detalla los aspectos susceptibles de "arbitrabilidad". Esta modificación busca posicionar a Neuquén como un centro atractivo para resolver disputas comerciales complejas.
En materia de desalojos, la reforma plantea un procedimiento acelerado que reduciría los plazos actuales a apenas 45 días. El mecanismo incluye una etapa extrajudicial previa con intimación fehaciente para casos de falta de pago de alquileres o vencimiento de contrato. "Esta metodología privatiza la instancia previa judicial y, cuando se verifica que está todo cumplido, el juez revisa y dicta la orden de desalojo", explicó Calvinho, aclarando que no aplica para situaciones de intrusión.
El nuevo esquema procesal prioriza la calidad sin descuidar la celeridad. Todos los juicios se tramitarían como ordinarios -salvo los expresamente listados como sumarísimos- con amplias garantías de defensa.
La prueba, excepto la documental inicial, se ofrecería una vez contestada la demanda y antes de la audiencia preliminar, permitiendo a las partes filtrar su pertinencia y al juez concentrarse en la sentencia. Los plazos de contestación se extenderían a 20 días en juicios ordinarios, manteniendo 10 días para los sumarísimos.
Calvinho fundamentó la viabilidad del modelo basándose en datos estadísticos del propio sistema judicial. Calculó que, implementando la oralidad solo para juicios ordinarios, un juez podría manejar hasta 200 expedientes anuales, de los cuales muchos se derivarían a conciliación o no obtendrían contestación, reduciendo significativamente la carga de trabajo. "No podemos incorporar una oralidad que después nos detone la justicia", advirtió el jurista, subrayando la importancia de un equilibrio entre innovación y sostenibilidad del sistema.