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Sábado, 29 noviembre 2025
Argentina
30 de agosto de 2025
SANTA CRUZ

La Justicia falló contra Parques Nacionales y frenó la apertura de un sendero en El Chaltén 

El Juez Federal de Río Gallegos, Claudio Vázquez, hizo lugar a una acción de amparo presentada por vecinos y ordenó suspender los trabajos en la zona de Río Eléctrico hasta tanto se realicen los estudios de impacto ambiental correspondientes

La Justicia falló contra Parques Nacionales y frenó la apertura de un sendero en El Chaltén 
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El Juez Federal de Río Gallegos, Claudio Vázquez, ordenó a la Administración de Parques Nacionales (APN) suspender la apertura de un sendero en la zona del Río Eléctrico, en El Chaltén, hasta que se realicen los estudios de impacto ambiental y se obtengan las autorizaciones correspondientes. 

La decisión de Vázquez responde a una acción de amparo interpuesta por vecinos de El Chaltén en marzo pasado y pone en la mira la actuación de la APN respecto de la protección del medio ambiente en la región.

La controversia se desató en marzo de este año, cuando comenzaron los trabajos de apertura de un sendero en la zona del valle del Río Eléctrico. Los vecinos de la zona reaccionaron frente a la tala de unos ejemplares juveniles de lengas e hicieron una manifestación para rechazar la iniciativa. Por esos días, visitaba la zona el entonces presidente de APN, Cristian Larsen.

Ante la denuncia de los vecinos, la APN argumentó que la obra de apertura del camino se realizó dentro de sus facultades legales, que no se produjo un daño ambiental significativo y que no se requería una Evaluación de Impacto Ambiental, ya que se trataba de una intervención de escasa entidad y en un área ya destinada al uso turístico.

Además, la APN cuestionó la legitimidad de los amparistas para presentar la demanda, argumentando que no sufrían un perjuicio directo y concreto derivado de la obra.

Ahora, el juez Vázquez resolvió fallar a favor de los amparistas y ordenó la paralización de las obras. En su escrito, el juez consideró que la APN actuó con "arbitrariedad e ilegalidad manifiesta afectando derechos de los amparistas y en definitiva de la sociedad toda", al iniciar las tareas de desmonte y tala de bosque nativo sin evaluación de impacto ambiental y sin contar con las autorizaciones administrativas exigidas por la normativa vigente.

Según informó Ahora Calafate, los principales argumentos esgrimidos por el juez son:
  • La APN no presentó la Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) del proyecto completo, ni obtuvo las autorizaciones administrativas necesarias previo al inicio de obra.
  • La APN no contempló las instancias de participación ciudadana previa.
  • La APN inició obras sin cumplir con las normas de seguridad e higiene aplicables, poniendo en riesgo a sus propios trabajadores.
  • La zona donde APN inició la obra y tala de vegetación está protegida por la Ley 26.331 de presupuestos mínimos para la protección de bosques nativos.
  • La Secretaría de Ambiente y Áreas protegidas de Santa Cruz, confirmaron que no recibieron los estudios ni solicitudes correspondientes, previo al inicio de las obras.
El fallo judicial no prohíbe la construcción del sendero de manera definitiva, sino que establece que la APN deberá cumplir con los requisitos legales y ambientales antes de poder continuar con la obra.

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