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Miércoles, 27 agosto 2025
Argentina
27 de agosto de 2025
BENEFICIOS

Chubut oficializó la exención del Impuesto Inmobiliario para la actividad ganadera

Se tratan de modificaciones a la Ley XXIV N° 111, que establecen beneficios fiscales para inmuebles rurales destinados a la actividad ganadera, incluyendo la exención del Impuesto Inmobiliario 2025, la prórroga de vencimientos anteriores y la condonación de intereses

Chubut oficializó la exención del Impuesto Inmobiliario para la actividad ganadera
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La provincia del Chubut oficializó este miércoles la Ley XXIV N° 118, mediante su publicación en el Boletín Oficial, consolidando un paquete de beneficios fiscales para el sector ganadero. La norma había sido aprobada en la Legislatura el pasado 7 de agosto y promulgada el 25 de agosto por el gobernador Ignacio “Nacho” Torres a través del Decreto N° 975.

La norma, que modifica el régimen impositivo para el sector ganadero con el objetivo de aliviar la presión tributaria en un contexto de crisis climática y económica que afecta a la producción.

En ese sentido sustituye el artículo 1° de la Ley XXIV N° 111 y establece que los inmuebles rurales ubicados fuera de ejidos municipales y afectados exclusivamente a la ganadería y sus actividades conexas quedarán exentos del Impuesto Inmobiliario correspondiente al período fiscal 2025. Los pagos ya efectuados se computarán como créditos fiscales para 2026 o ejercicios siguientes, hasta su agotamiento, sin generar derecho a devolución.

Además, la ley incorpora el artículo 1° Bis, que prorroga el vencimiento del Impuesto Inmobiliario de los períodos 2023 y 2024 para los mismos inmuebles, extendiendo el plazo hasta el 31 de diciembre de 2026. El beneficio incluye la condonación de intereses, siempre que el pago total se realice antes de la fecha de vencimiento fijada por la Agencia de Recaudación de la Provincia (ARECH).

La incorporación de un artículo 1° establece que el acceso a los beneficios fiscales quedará supeditado a las condiciones que disponga la reglamentación de ARECH, incluyendo la definición de qué actividades se consideran conexas a la ganadera.

El artículo 4° invita a los municipios y comisiones de fomento a adherir a la norma, con el objetivo de ampliar el alcance territorial de los beneficios.

El gobernador Ignacio “Nacho” Torres promulgó la ley mediante el Decreto N° 975, destacando que el alivio fiscal se orienta a acompañar a uno de los sectores productivos estratégicos de la provincia, particularmente golpeado por la sequía y la caída de rentabilidad.

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