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Lunes, 25 agosto 2025
Argentina
25 de agosto de 2025
NEUQUEN

Un juez declaró inconstitucional la ley de reiterancia que sancionó la Legislatura

El juez penal Luis Giorgetti rechazó la normativa por considerar que vulnera garantías constitucionales y convencionales fundamentales, tales como el principio de presunción de inocencia y el derecho a la libertad durante el proceso penal

Un juez declaró inconstitucional la ley de reiterancia que sancionó la Legislatura
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El juez penal de Neuquén, Luis Giorgetti, declaró la inconstitucionalidad de la ley que incorporó el instituto de la reiterancia delictiva como causal autónoma para dictar prisión preventiva, recientemente sancionada por la Legislatura de la provincia del Neuquén.

En una audiencia de control de detención realizada este domingo, el defensor público Pablo Marazzo solicitó que no se aplique la figura de la reiterancia al caso. Pero la fiscalía se diferenció y requirió la aplicación del artículo 114 quinquies del Código Procesal Penal, introducido por la nueva normativa. 

Giorgetti, en tanto, resolvió declarar la inconstitucionalidad de la norma de oficio. El magistrado señaló que el instituto vulnera garantías constitucionales y convencionales fundamentales, tales como el principio de presunción de inocencia y el derecho a la libertad durante el proceso penal.

“Se invocaron tres riesgos (procesales), y adelanto que no voy a hacer lugar a uno de ellos porque la norma es inconstitucional”, sostuvo Giorgetti, al tiempo que remarcó que “no se le puede respetar la presunción de inocencia a una persona, y, por otro lado, afirmar que es reiterante en el delito". 

Agregó que “cuando en la exposición del proyecto de ley se habla de ‘delincuentes’, ni siquiera está diciendo que es culpable del delito, sino que es una persona que indefectiblemente va a cometer delitos toda su vida y que no hay otra perspectiva posible, lo cual atenta contra el fin resocializador de la pena, también de raigambre en los Tratados de Derechos Humanos”.

Giorgetti habló de la “torpe redacción” de la legislación, que busca que “una vez que una persona tenga dos formulaciones de cargos, quede detenida, como una pena anticipada". Indicó que en Derecho Procesal Civil eso se corresponde con una "medida cautelar anticipativa, o sea, cumplir el objeto del proceso antes de que se dicte sentencia”.

"No hay una manera de interpretar armónicamente esta cláusula legal entrada en vigencia hace un mes o un poco más; no hay forma de defenderla desde lo constitucional y convencional", destacó Giorgetti en su resolución.

El nuevo régimen legal fue promovido por el Ejecutivo provincial y sancionado por la Legislatura en julio pasado. Entre los argumentos esgrimidos por los defensores del proyecto, señalaban que busca terminar con la “puerta giratoria” en la justicia. Sin embargo, la iniciativa cosechó críticas de amplios sectores. 

Sin ir más lejos, el Ministerio Público de la Defensa (MPD), que conduce Vanina Merlo, habría señalado durante el tratamiento legislativo del proyecto que la propuesta legislativa implicaba una grave afectación a derechos fundamentales protegidos por la Constitución Nacional y los Tratados Internacionales de Derechos Humanos suscriptos por Argentina.

En su resolución, el juez Giorgetti retomó esos argumentos y subrayó que la reiterancia, tal como fue regulada por la nueva ley, confunde la finalidad de la prisión preventiva con la de la pena, y se aparta de los principios que deben regir un Estado de Derecho.
 

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