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Argentina
23 de julio de 2010
RíO NEGRO

La reforma del Código de Faltas trajo dudas

Muchas fueron las interpretaciones que surgieron a raíz de la reforma a ciertos artículos del documento. En tal sentido la parlamentaria Beatriz Contreras realizó algunas aclaraciones, para que se despejen malos entendidos, y por ejemplo aclaró que “cuando un vecino llame por algún desorden la policía debe actuar”

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“La diputada Beatriz Contreras realizó varias aclaraciones sobre las modificaciones al Código de Faltas, luego de que la legislatura aprobara los cambios, ya que consideró de importancia aclara malas interpretaciones.

Contreras explicó en primer lugar que el principal motivo de la reforma fue "dirigir la atención a la Ley Orgánica de la Policía que no contempla algunas realidades actuales específicas a las que el policía se enfrenta a diario”.
En tal sentido aclaró que cuando un vecino llame a la policía “diciendo que hay una persona que está molestando u ocasionando algún tipo de desorden”, los uniformados deben actuar “esté o no en estado de ebriedad”, porque “no puede el personal policial objetar ningún impedimento legal para brindar seguridad a los vecinos”.

La legisladora también explicó que la derogación de artículos del Código de Faltas, está direccionado a las facultades de acción de la policía, quiere decir que restringe la enumeración de casos considerados faltas, donde pueden arrestar a una persona.

La reforma no tiene nada que ver con el Código Contravensional, que enumera conductas que son faltas.

Por último Contreras señaló que “es oportuno insistir en el recurrente reclamo de los ciudadanos de lo mal atendidos o la negación a ser atendidos por parte del personal policial en las comisarías y destacamentos cuando van a denunciar algún robo, crimen, excesos de velocidad en el tránsito de automóviles, asuntos de violencia familiar o policial o algún otro ilícito. Asunto que desde hace mucho tiempo debiera ser preocupación primaria de los jefes de las Fuerzas de Seguridad en la provincia".

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