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Argentina
19 de octubre de 2013
NEUQUEN

Descuento a municipios

La administración provincial le descontará a las comunas aproximadamente 4 millones de pesos por el incumplimiento de pautas establecidas en el convenio que rubricó con los intendentes para que aumenten la recaudación de sus comunas y cuiden e informen sobre el gasto público

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El mandatario neuquinoJorge Sapag firmó el Decreto 1906, a través del cual transformará en aportes reintegrables los fondos otorgados a municipios en función del no cumplimiento de las pautas establecidas y acordadas en el Convenio Marco de Compromisos, Cooperación Mutua e Intercambio de Información.

De esta manera los aportes se descontarán mensualmente, en un 50 por ciento sobre el incremento de la Coparticipación Provincial y “Canon Extraordinario de Producción” que se produzcan en el futuro, respecto del promedio bruto mensual que le corresponde a cada municipio por dichos conceptos, tomando como período base el primer semestre de 2012.

El descuento se efectuará en cada caso en el mismo período en que se produzca el incremento previsto, estando la subsecretaría de Ingresos Públicos -a través de la Coordinación de Relaciones Fiscales con Municipios- facultada para efectuar los mismos.

Para el análisis del cumplimiento del convenio se consideraron prioritarios lo siguientes puntos y para los cuales se establecieron las siguientes ponderaciones:

• Modificaciones y adecuaciones de la Ordenanza Tarifaria en lo que respecta al cobro del Impuesto Automotor, de la Tasa Retributiva de Servicios y de la Tasa de Inspección, Seguridad e Higiene, veinte por ciento (20 por ciento);

• Envío y carga mensual de información de los recursos y gastos municipales ejecutados en el sitio web (www.haciendanqn.gob.ar/municipios) de la oficina virtual de información fiscal (OVIF), veinte por ciento (20 por ciento);

• Presentación ante la AFIP y el envío de la nómina del personal municipal y su correspondiente remuneración bruta mensual, veinte por ciento (20 por ciento);

• Elaboración del Presupuesto Municipal y Ordenanza tarifaria para el ejercicio Fiscal 2013, veinte por ciento (20 por ciento);

• Previsión de los fondos necesarios para hacer frente al pago de la segunda cuota del sueldo anual complementario 2012, diez por ciento (10 por ciento)

• Rendición del Fondo Federal Solidario, diez por ciento (10 por ciento).

En el marco de la cláusula tercera del Convenio Marco de Compromiso, Cooperación Mutua e Intercambio de Información con Municipios se ha establecido el siguiente criterio a los efectos de realizar la transformación de los aportes no reintegrables en reintegrables en función del grado de cumplimiento del mismo: municipios de cumplimiento total, 100 por ciento a no reintegrable; municipios de alto cumplimiento, 95 por ciento a no reintegrable; municipios con nivel medio alto de cumplimiento, 90 por ciento a no reintegrable; municipios con nivel medio bajo de cumplimiento, 85 por ciento a no reintegrable; y municipios con nivel bajo de cumplimiento, 80 por ciento a no reintegrable.

De acuerdo a dicho criterio, los montos que deberán reintegrar los municipios respecto de la asistencia financiera otorgada son los siguientes: Aluminé deberá reintegrar 185.250 pesos; Andacollo 78.071,70 pesos; Añelo 115.914,10 pesos; Bajada del Agrio 11.949,60 pesos; Chos Malal 126.500 pesos; El Cholar 157.800 pesos; El Huecú 149.176,90 pesos; Huinganco 101.063,30 pesos; Junín de los Andes 483.500 pesos; Las Lajas 26.571,50 pesos; Las Ovejas 21.860 pesos; Loncopué 226.575,70 pesos; Mariano Moreno 95.600 pesos; Picún Leufú 75.000 pesos; Rincón de los Sauces 479.750 pesos; San Martín de los Andes 245.000 pesos; Senillosa 597.500 pesos; Tricao Malal 133.840 pesos; Villa El Chocón 268.565,80 pesos; Villa La Angostura 180.000 pesos; Zapala 367.000 pesos.

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