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14 de marzo de 2021
SANTA CRUZ

Alicia firmó el decreto que extiende el DISPO hasta el 9 de abril

En el marco de la continuidad de la pandemia del coronavirus en el país, la gobernadora Alicia Kirchner adhirió al decreto nacional N° 168 /21 que establece la continuidad del Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio en todo el territorio provincial

Alicia firmó el decreto que extiende el DISPO hasta el 9 de abril
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En el marco de la continuidad de la pandemia del coronavirus en el país, la gobernadora Alicia Kirchner adhirió al decreto nacional N° 168 /21 que establece la continuidad del Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio en todo el territorio provincial hasta el próximo 9 de abril. Además mantienen los términos y condiciones vigentes en el decreto Nº 221.

Cabe recordar que durante la vigencia del Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio -DISPO- las personas deberán mantener entre ellas una distancia en lo posible mínima de dos metros, utilizar tapabocas en espacios compartidos, higienizarse asiduamente las manos, toser en el pliegue del codo, desinfectar las superficies, ventilar los ambientes y dar estricto cumplimiento a los protocolos de actividades y a las recomendaciones e instrucciones de las autoridades sanitarias provinciales y nacionales.

En tanto, durante la vigencia del DISPO, se mantiene la prohibición de la realización de eventos culturales, sociales, recreativos y religiosos de más de 20 personas en espacios cerrados. La misma limitación regirá en espacios al aire libre si se trata de espacios privados de acceso al público y de los domicilios de las personas, salvo el grupo conviviente. Tampoco están permitidos los eventos culturales, sociales, recreativos en espacio públicos al aire libre con concurrencia mayor a cien personas.

Respecto al funcionamiento de las actividades económicas, comerciales, industriales y de servicios será en horario corrido desde las 8 y las 0 horas, debiendo cumplimentar estrictamente los protocolos sanitarios aprobados por la autoridad sanitaria provincial.

Por último, se prohíbe de manera estricta la circulación de personas entre la 1 y las 7 de la mañana en el ámbito de toda la jurisdicción de la Provincia de Santa Cruz, con excepción exclusiva de aquellas personas que deban transitar por encontrarse autorizadas y/o prestar servicios críticos y/o esenciales.


 

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