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Política Provincial
22 de abril de 2020
RIO NEGRO

Weretilneck apura a la Corte para que defina sobre las sesiones virtuales

El actual senador y exgobernador rionegrino presentó un petitorio para que el Máximo Tribunal indique si es constitucional sancionar leyes de manera online, mediante formas no presenciales de reunión y emisión de votos. A diferencia del planteo de CFK, pone el eje en la Constitución

Weretilneck apura a la Corte para que defina sobre las sesiones virtuales
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El senador nacional por Juntos Somos Río Negro, Alberto Weretilneck, solicitó a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que despeje el estado de incertidumbre constitucional respecto a la validez del proceso de formación y sanción de leyes perfeccionado por medio de sesiones virtuales.

En medio de la parálisis del Congreso por la pandemia de coronavirus, el exgobernador rionegrino presentó este mediodía un petitorio para que la Corte interprete la Constitución Nacional Argentina e indique si es válido el proceso de formación y sanción de leyes mediante formas no presenciales de reunión y emisión de votos.

“Nuestro País y el mundo se encuentran ante una situación excepcionalísima, que altera absolutamente la vida de las personas y el normal desarrollo y funcionamiento de las instituciones. La actividad legislativa también se ve afectada por esta realidad extraordinaria, lo que constituye una situación de extrema gravedad institucional”, indicó.

En el escrito, Weretilneck destaca que "este senador ha presentado diversos proyectos de ley que ameritan su tratamiento. Sin embargo, se ha visto impedido el tratamiento de los mismos teniendo en cuenta la actual situación de Pandemia Global, y la dificultad y el riesgo de aumento de propagación del virus Covid-19 que suponen las reuniones y aglomeraciones de personas".

Consultados sobre las similitudes con el requerimiento de la vicepresidenta Cristina Fernández, desde el entorno del Senador explicaron a La Tecla Patagonia que el planteo de Weretilneck "cambia el eje del hecho por Cristina, ya que no se funda en la interpretación del reglamento del Senado, sino en la propia letra de la Constitución, para determinar si la formación y sanción de una ley es válida si se lleva a cabo por medios remotos".


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