La Tecla Patagonia
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El Gobierno Nacional determinó una serie de medidas preventivas para evitar la propagación del COVID-19, que fueron dadas a conocer esta noche. Este es el listado de acciones que involucran tanto a empleados públicos como recomendaciones para las empresas privadas, que permitan que su personal trabaje a distancia.
LAS MEDIDAS
* Se autoriza a todos los agentes del sector público nacional a no concurrir al lugar de trabajo. Podrán trabajar desde sus domicilios en cualquiera de las modalidades de contratación.
* No están exceptuados los agentes del sector público que presten servicios esenciales según lo determinen las autoridades de cada jurisdicción y que no puedan ser realizados desde sus domicilios.
* Se otorgan licencias a todos los agentes del sector público y privado que tengan hijos menores escolarizados. En este caso, la licencia se otorga a uno de los padres y/o tutores.
* Embarazadas, mayores de 60 y grupos de riesgo de los sectores público y privado quedan liberados de concurrir a su lugar de trabajo.
* Los mayores de 60 que cumplan servicios esenciales deberán concurrir a su lugar de trabajo.
* Todo el personal del servicio público y privado de salud se considera servicio esencial. Embarazadas y grupos de riesgo con enfermedades crónicas nunca podrán ser considerados personal esencial.
* Se recomienda a las empresas del sector privado que trabajen con la mínima cantidad de empleados. Y que adopten medidas para trabajar a distancia.
* Se insta a todos los niveles gubernamentales, provinciales y municipales, a sumarse a estas medidas.
Al igual que los protocolos de sanidad y las medidas en el área de salud, la Provincia de Buenos Aires, se ubicaría en el mismo sentido que lo dispuesto por el Presidente Alberto Fernández.
Sólo aquellos trabajadores de áreas, denominadas "Esenciales" estarán exentos de alcanzar estos beneficios laborales, tales como integrantes de Salud, Seguridad y Defensa.
Home Office y trabajo desde casa
Se faculta a las autoridades con personal a cargo a dispensar del deber de asistencia a su lugar de trabajo, y por el mismo plazo de 14 días corridos, a los agentes cuyas tareas habituales u otras análogas puedan ser realizadas desde su hogar o remotamente. Debiendo establecer las condiciones en que dicha labor será realizada. A su vez, las máximas autoridades de cada jurisdicción deberán definir aquellos servicios esenciales o críticos a efectos de asegurar su cobertura permanente.
Inasistencias
Estas encuadrarse en razones de fuerza mayor, de conformidad con lo establecido en el artículo 14 inciso c) del Decreto Nº 3413/79 y sus modificatorios o normas equivalentes de otros ordenamientos que regulen las licencias, justificaciones y franquicias del personal. Algo más: si ambos padres trabajan en la Administración Pública Nacional, la justificación se otorgará sólo a uno de ellos.
Transporte Saludable
En tal esquema, se impulsará que haya menos frecuencia en el transporte de larga y media distancia. Respecto al transporte urbano, de cercanía, la apuesta es que se reduzca la cantidad de pasajeros a partir de medidas como licencias y trabajo remoto.
Jubilados y beneficiarios de Anses
El gobierno le pedirá a las entidades bancarias, mediante la Anses, que los jubilados vayan a las diferentes organismos, con el fin de evitar el mayor contagio, sobre todo en tal sector de la sociedad que figura como el Factor de Riesgo mayoritario.