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27 de febrero de 2019
RIO NEGRO

Antecedentes: los casos en los que el STJ revocó fallos del Tribunal Electoral

En tres oportunidades el Superior Tribunal de Justicia dictaminó de manera diferente a las sentencias del Tribunal Electoral Provincial. Fueron los del ex concejal de Viedma, Carlos Gandón; el del exintendente de la misma localidad, Jorge Ferreira; y el del vicegobernador, Bautista Mendioroz

Antecedentes: los casos en los que el STJ revocó fallos del Tribunal Electoral
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El Tribunal Electoral de la Provincia de Río Negro, emitió ayer un fallo en el que por unanimidad, inhabilita a postularse por un nuevo período al gobernador, Alberto Weretilneck. La decisión final, en la instancia provincial, quedará en manos del Superior Tribunal de Justicia. 

En días anteriores, uno de sus miembros, Ricardo Apcarián, sostuvo que en caso que llegara el expediente por la candidatura del gobernador, Alberto Weretilneck,  máximo órgano, pediría su apartamiento.  Apcarian reconoció vínculos con el mandatario ya que se desempeñó como abogado particular y patrocinante.

En la provincia hay tres casos que sirven como antecedente en los que el Superior Tribunal de Justicia revocó las decisiones del Tribunal Electoral. 

El más conocido es el del exvicegobernador, Bautista Mendioroz, en el año 2001. En fallo unánime, el Superior Tribunal de Justicia revocó en su momento un pronunciamiento del Tribunal Electoral a través del cual había señalado que el vicegobernador Bautista Mendioroz estaba impedido para ser candidato a gobernador de la provincia. El alto tribunal no fijó posición sobre la cuestión de fondo, ya que consideró "improponible" una declaración de certeza sobre el tema.

Otra sentencia contraria fue la referida al caso del exintendente de Viedma, Jorge Ferreira en el año 2011. En ese momento el Superior Tribunal de Justicia de Río Negro habilitó al entonces intendente de Viedma, Jorge Ferreira a postularse como candidato a intendente de la ciudad por la Alianza Concertación para el Desarrollo, para el período 2011-2015.

El máximo tribunal provincial resolvió por unanimidad, hacer lugar parcialmente al recurso de apelación interpuesto, y en consecuencia revocar el decisorio del Tribunal Electoral Provincial. 

Por último, otro precedente es el caso del exconcejal de Viedma, Carlos Grandón en el año 2012. El Tribunal en pleno decidió reafirmar la constitucionalidad del artículo 52, inciso 12 de la Carta Orgánica de Viedma, revocando la sentencia del Tribunal Electoral Provincial y confirmando el rechazo del título de concejal Carlos Grandón pronunciado por el Concejo Deliberante del Municipio de Viedma, en ejercicio de sus competencias constitucionales, declarando su inhabilidad para ejercer el cargo. 
 

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