19 de mayo de 2011
RÍO NEGRO
Polémico decreto: Todo sea por los chicos
Saiz puso a disposición de la cartera educativa casi $ 60 millones para obras en las escuelas. La oposición sostiene que habría irregularidades en el procedimiento de contratación directa
Se armó la polémica en los pagos del gobernador Miguel Saiz. Resulta que los primeros días de abril, el mandatario provincial firmó una disposición que despertó suspicacias. Le puso el gancho al decreto 185, por el cual se autoriza la ejecución de diferentes obras de mantenimiento y refacciones en varios establecimientos educativos de la provincia. El presupuesto destinado para dichos trabajos es de casi 60 millones de pesos. Pero ¿cuál es la cuestión?, que para realizar las obras no hubo un llamado a licitación, sino que se decidió hacerlas mediante el procedimiento de contratación directa. Ahora ¿qué dice la legislación provincial al respecto? ¿Es válida esta forma de llevar a cabo las obras? ¿Cuáles son los argumentos que dan desde el Estado provincial para manejarse de esta manera? Son algunas de las cuestiones que se intentarán responder a continuación.
Mientras tanto, en pleno año electivo, y a poco tiempo de las elecciones provinciales, la oposición al gobierno de Saiz, ni lenta ni perezosa, se apoderó de un tema polémico en desmedro del candidato a Gobernador del oficialismo.
De puño y letra
El pasado 18 de abril se publicó en el Boletín Oficial el decreto que el gobernador Saiz firmó con el fin de mejorar el estado de las escuelas de la provincia. El programa, que ya se está llevando a cabo, incluye más de 200 trabajos en diferentes establecimientos educativos.
El revuelo se armó porque la disposición “autoriza al ministro de Educación la ejecución y fiscalización de las obras destinadas al mantenimiento y refacciones menores de establecimientos educativos de la provincia de Río Negro en todos los niveles y modalidades que tengan por fin inmediato garantizar el normal inicio del Ciclo Lectivo 2011 y a dictar las resoluciones respectivas las cuales podrán realizarse en todos los casos mediante el procedimiento de contratación directa de acuerdo a los considerandos efectuados”. Pero esto no termina aquí, porque la suma de dinero que se puso a disposición de la cartera educativa asciende a $ 57.315.710, 83.
Entre los fundamentos esgrimidos, el mandatario destaca: “Es obligación del Estado provincial procurar la adecuada seguridad y condiciones de habitabilidad de los edificios escolares garantizando en ellos el correcto suministro de los servicios básicos de electricidad, agua potable y sanitarios en el inicio y durante el transcurso del ciclo lectivo, mediante un procedimiento de contratación que garantice la celeridad y la transparencia aplicando los principios de libre concurrencia, igualdad de oferentes y defensa de los intereses patrimoniales de la provincia”.
Además, las autoridades provinciales argumentan la elección del procedimiento de contratación directa en el hecho de que se precisa de “forma urgente” realizar las obras en los establecimientos escolares, ya que si se utilizaran los mecanismos habituales -la licitación pública- el tiempo se extendería mucho más.
Asimismo, en cuanto a transparencia de este procedimiento excepcional sostienen que la contratación directa prevé la comparación de precios que ofertaron las diferentes empresas, lo que da la posibilidad de elegir la propuesta más conveniente para el patrimonio provincial.
¿Qué dice la ley?
De acuerdo a la legislación vigente, se considera contratación directa “el procedimiento efectuado entre autoridades competentes y persona o firma determinada no sujeta a los requisitos previos de licitación o concurso de precios”.
Entre los requisitos de la contratación directa se establece que “las razones de verdadera urgencia o emergencia imprevisible deberán fundarse sobre la base de circunstancias objetivamente verificables y demostrarse fehacientemente en todos los casos la imposibilidad de su provisión en tiempo, todo ello a través de informes técnicos previos a la contratación. Un contrato celebrado bajo esta causal sin que aparezcan debidamente justificados estos extremos adolecerá de nulidad absoluta e insanable. La comprobación de que la urgencia o la emergencia se debe a causales de imprevisión dará lugar a la instrucción del respectivo sumario para determinar al responsable, que será sancionado por falta grave cuando se demostrare la existencia de un perjuicio al fisco”.
La ley Nº 3.186 en su artículo 87 expresa que “toda contratación que realice la administración deberá ajustarse al procedimiento de la licitación pública, con excepción de aquella en que su factor determinante esté fundado en: a) el monto que dará lugar a los procedimientos excepcionales de licitación privada o concurso de precios o en forma directa. El Poder Ejecutivo, por vía reglamentaria, fijará los montos máximos autorizados para cada procedimiento, quedando asimismo facultado para reajustarlos, teniendo en cuenta los índices que al efecto elaboran las oficinas técnicas; b) Características especiales de la contratación que darán lugar a los procedimientos excepcionales de contratación directa cuando se dieren las condiciones señaladas en el artículo 87 o de remate público; c) Proce-dimientos reglados en regímenes particulares, los que darán lugar a los mecanismos que allí estén determinados.
En este sentido, la resolución Nº 774/09
-publicada en el Boletín Oficial Nº 4.735 del 22 de junio de 2009- del ministerio de Hacienda, Obras y Servicios Públicos de Río Negro, en su artículo primero establece los “montos máximos” para los diferentes tipos de procedimientos de contrataciones. Para la licitación privada determina una suma de $ 70.000, mientras que para el caso de una contratación directa “hasta el cinco por ciento del monto establecido para la licitación privada”.
En base a esta normativa, la cifra máxima para una contratación directa asciende a los $ 3.500, de modo que ante las contrataciones directas que tiene previstas el gobierno para las obras de mantenimiento y refacción de los establecimientos educativos, no se ajustaría al monto que establece la reglamentación provincial, ya que estos oscilan entre los 20 mil y 3 millones de pesos.
Por lo pronto, la decisión del gobierno provincial desató la polémica, porque no sólo no se estaría cumpliendo con la normativa, sino que además, la elección de la contratación directa para llevar a cabo los trabajos en las escuelas no habría sido lo suficientemente fundamentada. Por ello, desde la oposición ya denunciaron la maniobra, y hasta manifestaron que con la elección de este procedimiento lo que se intentaría es desviar vastas sumas de dinero para la campaña del candidato a gobernador de Saiz. ¿Será así?
Nota Completa en la Revista La Tecla Patagonia Nº 40