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Jueves, 5 noviembre 2026
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5 de noviembre de 2026
RIO NEGRO

Techo Digno en Sierra Grande: anularon las absoluciones y habrá un nuevo juicio

El Tribunal de Impugnación dejó sin efecto el fallo que había absuelto a tres exfuncionarios municipales, entre ellos el exintendente Renzo Tamburrini. La decisión respondió a un recurso de la Fiscalía, que cuestionó el análisis de las pruebas sobre la construcción de 40 viviendas y el pago de certificados de obra

Techo Digno en Sierra Grande: anularon las absoluciones y habrá un nuevo juicio
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La causa por presuntas irregularidades en la ejecución del programa Techo Digno en Sierra Grande tendrá un nuevo juicio. El Tribunal de Impugnación (TI) anuló las absoluciones dictadas el 18 de junio para tres exfuncionarios y ordenó realizar otro debate, al considerar que la sentencia presentó fallas en la valoración de las pruebas y no respondió de manera suficiente a los planteos de la Fiscalía.

Los alcanzados por la resolución son Renzo Tamburrini, exintendente de la localidad; Mauro Tamburrini, exsecretario de Hacienda; y Ernesto Héctor Noel, exsecretario de Obras y Servicios Públicos. Los tres habían sido acusados por administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública y uso de documento público falso, en relación con un convenio firmado con el Estado nacional durante 2015 para construir 40 viviendas.

El eje de la investigación estuvo puesto en los certificados que habilitaron pagos a la empresa constructora. Según la acusación fiscal, se aprobaron ocho documentos que consignaban un avance del 71,03% de los trabajos. Sin embargo, distintas inspecciones posteriores determinaron porcentajes considerablemente inferiores: una estimó un 35%, otra calculó un 42,21% y un profesional contratado por la firma registró alrededor del 43%.

Para la Fiscalía, esas diferencias indicaban que se habían certificado tareas que todavía no estaban realizadas, entre ellas revoques, cielorrasos, pisos y otras terminaciones. También cuestionó que el tribunal que dictó las absoluciones hubiera descartado testimonios de trabajadores municipales y de integrantes del organismo de control local.

Las defensas, por su parte, sostuvieron que los certificados eran provisorios y que la obra había sido contratada bajo la modalidad de ajuste alzado. También plantearon que las mediciones no contemplaban determinados trabajos de movimiento de suelos e infraestructura y que las responsabilidades administrativas y técnicas estaban repartidas entre distintas áreas del municipio.

Al revisar el fallo, el Tribunal de Impugnación consideró que esos argumentos no habían sido analizados junto con el conjunto de la documentación contractual, los informes técnicos y las declaraciones de quienes participaron de las inspecciones. En particular, señaló que la sentencia no había dado una respuesta suficiente sobre los trabajos de movimiento de suelos, cuyo financiamiento también estaba vinculado con un segundo convenio de infraestructura.

Otro punto observado fue el testimonio de un trabajador municipal que describió cómo se confeccionaron algunos certificados. Según su declaración, en determinadas ocasiones se seleccionaban tareas para alcanzar porcentajes previamente indicados, aunque esos números no coincidieran con los trabajos efectivamente realizados. Para el TI, la sentencia no había examinado adecuadamente ese aporte.

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