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26 de octubre de 2026
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La Justicia frenó el referéndum contra Román y deberán revisar la convocatoria

La consulta popular estaba prevista para el 8 de noviembre, en el marco del proceso de revocatoria del intendente de La Libertad Avanza. El juez cuestionó que el Concejo Deliberante utilizara una resolución en lugar de una ordenanza y mantuvo suspendida la convocatoria hasta que se cumpla el procedimiento establecido

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La Justicia suspendió la convocatoria al referéndum para definir la continuidad de Marcelo Román al frente de la Municipalidad de Allen. La votación estaba prevista para el 8 de noviembre, pero el juez del fuero contencioso administrativo de Roca consideró que el Concejo Deliberante no utilizó el instrumento legal correspondiente para disponer el llamado.

El fallo no anuló el proceso de revocatoria ni resolvió los cuestionamientos de fondo presentados por el intendente. La medida cautelar alcanza a la resolución que convocó a la Junta Electoral Municipal y fijó la fecha de la consulta. La suspensión se mantendrá hasta que el cuerpo legislativo adecue su actuación a lo establecido en la Carta Orgánica.

El principal cuestionamiento judicial estuvo centrado en la decisión que tomó el Concejo el 15 de octubre, cuando aprobó la convocatoria con seis votos a favor y tres en contra. Según el magistrado, se trata de una atribución legislativa que debe instrumentarse mediante una ordenanza, y no a través de una resolución, reservada para cuestiones de funcionamiento interno del cuerpo.

La distinción está contemplada en el artículo 57 de la Carta Orgánica Municipal, que establece los instrumentos que puede utilizar el Concejo Deliberante. Para el juez, el mecanismo elegido presentó un defecto relevante en uno de los elementos esenciales del acto, suficiente para suspender sus efectos de manera preventiva.

La decisión judicial se conoció después de que la Junta Electoral Municipal advirtiera que era materialmente imposible organizar la votación para el 8 de noviembre. El organismo todavía debía acceder al padrón electoral y conseguir los materiales necesarios para llevar adelante la consulta.

Román había solicitado la nulidad de distintas actuaciones del procedimiento de revocatoria y amplió su planteo para incluir la resolución que fijó la fecha del referéndum. El jefe comunal sostiene que existen irregularidades desde el inicio del proceso y advirtió que una eventual declaración de nulidad posterior a la votación podría llegar cuando ya se hubiera tomado una decisión sobre su continuidad en el cargo.

Por ahora, el fallo no establece una nueva fecha para la consulta. El Concejo deberá adecuar la convocatoria al procedimiento previsto en la normativa municipal, mientras que la causa continuará con el análisis de los planteos de fondo.

En paralelo, el juez dio traslado de la demanda a la Municipalidad de Allen, a través del Concejo Deliberante, por un plazo de 30 días para que responda los cuestionamientos, presente sus defensas y ofrezca pruebas. Además, dispuso que Román preste una caución personal como garantía por los eventuales daños que pudiera ocasionar la medida cautelar.

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