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Lunes, 5 octubre 2026
Argentina
5 de octubre de 2026
A SALVO

La Justicia neuquina sobreseyó a dos exministros por la causa Viento Sur

La jueza de garantías Natalia Pelosso dictó el sobreseimiento de Abel Di Luca y Germán Chapino y redujo de manera considerable el alcance de la acusación por el presunto desvío de $1.208 millones. Diego Mauro quedó como único imputado en condiciones de llegar a juicio

La Justicia neuquina sobreseyó a dos exministros por la causa Viento Sur
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La causa Viento Sur tuvo este lunes una resolución que modificó de manera sustancial el escenario planteado por la Fiscalía. La jueza de garantías Natalia Pelosso sobreseyó a los exministros de Desarrollo Social Abel Di Luca y Germán Chapino y dejó a Diego Mauro, referente de la cooperativa investigada, como el único acusado que quedó en condiciones de enfrentar un juicio.

La decisión se conoció al finalizar la audiencia de control de acusación, en la que se analizó una investigación iniciada por el presunto manejo irregular de fondos públicos destinados a programas de capacitación. La Fiscalía había calculado una presunta defraudación superior a $1.208 millones y buscaba llevar a juicio tanto a exfuncionarios de la gestión de Omar Gutiérrez como a integrantes de organizaciones sociales.

Durante los fundamentos, Pelosso cuestionó distintos aspectos de la acusación y señaló dificultades para determinar con precisión qué conducta se atribuía a cada uno de los imputados. La magistrada consideró que existían contradicciones y deficiencias en la manera en que se había construido la hipótesis fiscal.

Uno de los principales puntos analizados fue el Decreto 1672/22, firmado durante la gestión de Gutiérrez y refrendado por Di Luca. Para la jueza, la decisión política que dio origen a ese esquema correspondía al entonces gobernador y no podía atribuirse automáticamente a los ministros que intervinieron en su instrumentación.

En ese sentido, sostuvo que durante la investigación no se logró demostrar que Di Luca y Chapino conocieran las irregularidades que posteriormente fueron atribuidas al manejo de los fondos. También tuvo en cuenta que las transferencias atravesaban distintos procedimientos administrativos y controles de organismos provinciales antes de concretarse.

La magistrada puso además el foco en la propia hipótesis de la Fiscalía. Si el planteo sostenía que el mecanismo establecido por el decreto había permitido desviar el objetivo original de los recursos, consideró que debía analizarse la responsabilidad de quien tomó la decisión política que creó ese esquema. Gutiérrez, sin embargo, nunca fue imputado en la causa.

Otro de los episodios que quedó fuera de la acusación fue un pago de $10 millones que, según la investigación, se había concretado antes de la firma del decreto. Ese tramo ya había sido retirado de la imputación y terminó con un sobreseimiento.

La resolución también descartó que hubiera quedado acreditada una connivencia entre los funcionarios provinciales y la cooperativa para concretar la maniobra investigada. En cuanto a los integrantes de Viento Sur, Pelosso tampoco aceptó la hipótesis de coautoría planteada inicialmente por la Fiscalía y diferenció los niveles de intervención de cada uno.

En este nuevo escenario, Diego Mauro quedó como el único acusado que irá a juicio, señalado como presunto autor de una defraudación por administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública. De todos modos, también consiguió sobreseimientos parciales respecto de algunos movimientos que habían sido incluidos originalmente en la investigación.

Entre los fondos excluidos aparecen transferencias posteriores al 22 de diciembre de 2023, cuando Chapino dejó el Ministerio, por quedar fuera del período temporal contemplado en la acusación. También quedó descartado un plazo fijo de $2 millones porque no se pudo establecer que su origen estuviera vinculado con los recursos del programa investigado.

Para otros de los imputados, la jueza habilitó la suspensión del juicio a prueba, bajo determinadas condiciones, entre ellas un plazo de un año y seis meses, controles trimestrales, tareas comunitarias y reparaciones económicas en los casos correspondientes.

La definición todavía no es definitiva. El fiscal Pablo Vignaroli adelantó que apelará la resolución, por lo que el Tribunal de Impugnación deberá revisar los planteos antes de que las decisiones queden firmes.

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