Apps
Miércoles, 9 septiembre 2026
Argentina
9 de septiembre de 2026
RIO NEGRO

Techo Digno: la Fiscalía apeló la absolución de dos ex intendentes de Sierra Grande

Los fiscales Peralta y Pasarelli recurrieron ante el Tribunal de Impugnación el fallo que desvinculó a Nélson Iribarren, Renzo Tamburrini y otros acusados. La presentación se concentra en las diferencias entre el avance de las viviendas, los certificados de obra y los fondos desembolsados

Techo Digno: la Fiscalía apeló la absolución de dos ex intendentes de Sierra Grande
Compartir
GoogleAgregar La Tecla Patagonia en Google
Agrega La Tecla Patagonia a tus medios preferidos en Google.

La causa conocida como Techo Digno volvió a entrar en una nueva instancia judicial en Río Negro. El Ministerio Público Fiscal impugnó la sentencia que había absuelto a los ex intendentes de Sierra Grande Nélson Iribarren y Renzo Tamburrini y a otros integrantes de sus respectivas administraciones, luego de que el tribunal de juicio considerara que la acusación no había logrado acreditar los delitos con el grado de certeza necesario para una condena.

Los fiscales Juan Pedro Peralta y Estela Pasarelli llevaron el planteo ante el Tribunal de Impugnación y centraron buena parte de su exposición en la reconstrucción de las obras, las certificaciones emitidas durante el proceso y la diferencia entre lo que figuraba como ejecutado y lo que posteriormente encontraron los relevamientos técnicos.

Uno de los ejes de la apelación fue la existencia de dos convenios vinculados al proyecto. El primero, firmado en diciembre de 2014, contemplaba la construcción de 40 viviendas y fue cancelado por el Estado nacional. El segundo, suscripto en octubre de 2015, incorporó trabajos de infraestructura que, de acuerdo con la exposición fiscal, no llegaron a ser abonados en su totalidad por Nación.

Peralta puso especial atención sobre lo ocurrido después de que Iribarren dispusiera la rescisión del contrato con la empresa constructora. Según expuso ante el Tribunal, se realizaron distintas evaluaciones sobre el estado de los trabajos. Una de ellas, realizada por profesionales del Municipio y del IPPV, ubicó el avance efectivo en el 34,7%. Otra, realizada por la propia empresa con una revisión vivienda por vivienda, calculó un 46%. Ambos porcentajes quedaron por debajo del 71% que había sido certificado y cobrado previamente por la constructora, según el planteo de la Fiscalía.

Para el Ministerio Público, esa diferencia resulta central para cuestionar la conclusión a la que llegó el tribunal de juicio. La Fiscalía sostuvo que algunos trabajos que ya habían sido contemplados en el primer convenio volvieron a aparecer dentro de certificaciones posteriores. Peralta señaló particularmente los movimientos de suelo y afirmó que los pagos quedaron respaldados por certificados y facturas que, según su interpretación, no se correspondían con el estado real de las obras.

La acusación también volvió sobre distintos componentes de las viviendas. El fiscal aseguró que en determinadas certificaciones se daba por terminada una cantidad de trabajos que, de acuerdo con las inspecciones posteriores, no existían o estaban incompletos. Como ejemplo, mencionó los revoques: mientras una certificación consignaba que 30 viviendas contaban con ese trabajo, una revisión posterior encontró solamente 16 con revoques y, además, de manera parcial.

Otro de los puntos cuestionados fue el estado de los pisos. Según la Fiscalía, documentación de obra consignaba que 33 viviendas contaban con ese avance cuando, al momento de los relevamientos, ninguna de las unidades tenía los pisos terminados. Para Peralta, esas diferencias no pueden explicarse únicamente por cuestiones administrativas o por las variaciones propias del desarrollo de una obra.

La apelación también recuperó el testimonio de un empleado que había trabajado bajo la órbita de uno de los funcionarios involucrados. Durante el juicio, ese testigo había afirmado que se les pedía ajustar los números para hacer coincidir los desembolsos con los certificados. La Fiscalía cuestionó que esa declaración haya sido descartada por el tribunal y sostuvo que el análisis de la prueba terminó desconectándose de otros elementos incorporados durante el debate.

En esa línea, Peralta señaló la existencia de una coincidencia entre los desembolsos efectuados por Nación y los pagos realizados desde el Municipio. Según explicó, un contador del Ministerio Público detectó que ambos movimientos coincidían incluso en los decimales. Para la acusación, ese dato refuerza la hipótesis de que existía una coordinación para adecuar las certificaciones al dinero disponible y no necesariamente al avance físico de las obras.

El fiscal también discutió la inclusión de materiales en acopio como una forma de reducir la diferencia entre el porcentaje certificado y el avance real. Según el planteo de la Fiscalía, varios de los testigos consultados durante el juicio, incluidos representantes del Municipio y de la empresa, negaron que existiera ese acopio. Peralta agregó que ese concepto tampoco estaría contemplado en el contrato original.

Una situación similar fue señalada respecto de la apertura de calles. El Ministerio Público sostuvo que en el lugar solamente se observaban huellas irregulares, mientras que los relevamientos realizados por tres profesionales coincidían, según la exposición fiscal, en que la infraestructura no presentaba el nivel de ejecución que reflejaban las certificaciones.

La discusión alcanza a las dos gestiones municipales involucradas en el proyecto. Iribarren era intendente cuando se desarrolló parte del proceso y Tamburrini asumió posteriormente. La Fiscalía cuestionó particularmente el grado de control ejercido por las autoridades municipales y recordó que la Carta Orgánica de Sierra Grande establece responsabilidades para el jefe comunal en la certificación de determinados trabajos junto con los funcionarios correspondientes.

Otro de los argumentos rechazados por la acusación fue la explicación vinculada con la redeterminación de precios y la inflación. Peralta sostuvo que las defensas no habían logrado demostrar que esas variables justificaran la magnitud de las diferencias detectadas. Incluso tomando como válida una eventual actualización de los valores contractuales, afirmó que el desfasaje habría continuado siendo significativo.

Con esos argumentos, el Ministerio Público pidió al Tribunal de Impugnación que revise la sentencia absolutoria y revoque las conclusiones del tribunal de juicio. La Fiscalía pretende que se responsabilice a los acusados por los delitos de defraudación en perjuicio de la administración pública y uso de documento falso, de acuerdo con la calificación sostenida durante el proceso.

Ahora será el Tribunal de Impugnación el que deberá analizar si los cuestionamientos de la Fiscalía logran demostrar que la valoración de la prueba realizada en el juicio fue incorrecta. La instancia deberá determinar si corresponde mantener las absoluciones o avanzar con la pretensión acusatoria en una causa que vuelve a poner bajo revisión el manejo de fondos nacionales destinados a la construcción de viviendas en Sierra Grande.

OTRAS NOTAS

HISTORICO

Chubut destronó a Buenos Aires y quedó al frente de los desembarques pesqueros

Los puertos de la jurisdicción sureña concentraron el 40,06% de las descargas pesqueras del país entre enero y septiembre y superaron por 3.070 toneladas a las terminales bonaerenses. Puerto Madryn y Rawson explican más del 90% del volumen provincial

Copyright 2026
La Tecla Patagonia
Redacción

Todos los derechos reservados
Serga.NET