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Lunes, 7 septiembre 2026
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7 de septiembre de 2026
JUSTICIA

Régimen Penal Juvenil: el Gobierno reglamentó la ley y fijó las claves para aplicarla

El Ejecutivo publicó el decreto que pone en marcha el nuevo esquema para adolescentes de 14 a 18 años. Justicia será la autoridad de aplicación, se creará un registro de supervisores y habrá nuevos mecanismos de coordinación entre Nación y las provincias.

Régimen Penal Juvenil: el Gobierno reglamentó la ley y fijó las claves para aplicarla
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El Gobierno reglamentó el nuevo Régimen Penal Juvenil y definió los mecanismos para su implementación en el ámbito de la Justicia nacional y federal. La medida fue formalizada mediante el Decreto 875/2026, publicado este lunes en el Boletín Oficial, dos días después de la entrada en vigencia de la Ley 27.801.

La nueva normativa establece un régimen penal aplicable a adolescentes desde los 14 años hasta antes de cumplir los 18, cuando sean imputados por delitos contemplados en el Código Penal o en leyes especiales. La ley reemplazó el régimen anterior y establece como objetivos la responsabilidad por los actos cometidos, la educación, la resocialización y la integración social.

Justicia queda al frente del nuevo régimen

Uno de los principales puntos de la reglamentación es la designación del Ministerio de Justicia como autoridad de aplicación. La cartera tendrá a su cargo la implementación y coordinación del régimen en el ámbito nacional y federal.

El decreto también habilita al Ministerio a celebrar convenios con provincias, la Ciudad de Buenos Aires, universidades, organismos públicos y organizaciones de la sociedad civil para garantizar la puesta en funcionamiento del nuevo esquema.

Supervisores especializados

La reglamentación crea el Registro de Supervisores del Régimen Penal Juvenil. Se trata de profesionales que tendrán a su cargo el seguimiento, asistencia y control de los adolescentes alcanzados por el sistema.

Entre los perfiles contemplados figuran especialistas en educación, pedagogía infantojuvenil, psicología, adicciones y trabajo social.

Mientras se conforma el registro definitivo, Justicia deberá elaborar un listado provisorio. Los jueces podrán seleccionar de allí a los profesionales que actuarán como supervisores en cada caso. La primera convocatoria pública para conformar el registro definitivo deberá realizarse dentro de un plazo máximo de 180 días.

Un comité para coordinar las políticas

El decreto también crea el Comité Interministerial del Régimen Penal Juvenil, que funcionará como instancia permanente de articulación entre las distintas áreas del Gobierno nacional.

La coordinación deberá involucrar cuestiones vinculadas con seguridad, tratamiento penitenciario, niñez y adolescencia, educación, salud, consumo problemático y medidas socioeducativas.

A su vez, se crea una Mesa Federal del Régimen Penal Juvenil, destinada a articular con las provincias y la Ciudad de Buenos Aires. El espacio buscará armonizar criterios, intercambiar experiencias y facilitar acuerdos entre las distintas jurisdicciones.

Atención a las víctimas y registro de reincidencia

La reglamentación también apunta a garantizar los derechos de las víctimas previstos en la ley, que contempla asistencia especializada y patrocinio jurídico gratuito.

Además, establece mecanismos para comunicar información al Registro Nacional de Reincidencia, aunque bajo las condiciones de reserva previstas por el nuevo régimen para proteger la confidencialidad de los procesos que involucren a adolescentes.

Con la reglamentación, el Gobierno completó el marco necesario para comenzar a implementar la Ley 27.801, que entró en vigencia el 5 de septiembre y derogó la Ley 22.278, que hasta entonces regulaba el régimen penal de menores.

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