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Viernes, 24 abril 2026
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24 de abril de 2026
JUDICIALES

Duro revés para la reforma de glaciares: la Justicia ordenó suspenderla en Santa Cruz

El juez federal de Río Gallegos, Claudio Marcelo Vázquez, dictó una medida cautelar que paraliza los efectos de la modificación nacional de la norma y ordenó al Estado abstenerse de habilitar acciones que puedan afectar glaciares o ambientes periglaciales hasta que exista una sentencia definitiva

Duro revés para la reforma de glaciares: la Justicia ordenó suspenderla en Santa Cruz
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La reforma nacional de la Ley de Glaciares sumó en Santa Cruz su primer gran freno judicial. El Juzgado Federal de Río Gallegos resolvió suspender de manera cautelar la aplicación de los cambios introducidos recientemente por el Congreso y ordenó al Estado Nacional no autorizar ni ejecutar actividades que puedan poner en riesgo glaciares o zonas periglaciales dentro del territorio provincial.

La decisión fue firmada por el juez federal Claudio Marcelo Vázquez en el marco de una acción de amparo ambiental y representa un revés de peso para la reforma impulsada a nivel nacional, que había generado fuerte debate por su posible impacto sobre la actividad minera y otros desarrollos productivos en áreas consideradas sensibles.

En su resolución, el magistrado sostuvo que existe “peligro en la demora”, ya que la aplicación inmediata de la nueva normativa podría permitir intervenciones con consecuencias irreversibles sobre reservas estratégicas de agua dulce. Bajo ese criterio, consideró necesario preservar la vigencia plena del esquema de protección anterior hasta que se resuelva el fondo de la cuestión.

El fallo remarca que los glaciares cumplen una función esencial en términos ambientales e hídricos y que su resguardo responde a principios constitucionales como el precautorio y el de no regresión ambiental, contemplados en el artículo 41 de la Constitución Nacional.

La reforma cuestionada había sido sancionada hace menos de dos semanas y proponía una redefinición del concepto de “ambiente periglacial”, habilitando mayores posibilidades de desarrollo económico en sectores antes alcanzados por restricciones más severas. Desde el Gobierno nacional se defendía la medida como una herramienta para compatibilizar inversión y control ambiental mediante estudios de impacto previos.

Sin embargo, distintos sectores ambientalistas y parte del arco político advirtieron que el cambio podía debilitar la protección sobre ecosistemas clave, especialmente en provincias cordilleranas y patagónicas donde la discusión sobre minería y uso del agua tiene alta sensibilidad pública.

La resolución judicial llegó además en paralelo con una decisión política de la Legislatura santacruceña. Apenas un día antes, la Cámara de Diputados provincial aprobó por unanimidad una modificación a la Ley 3.123, conocida como “blindaje ambiental”, que refuerza la protección de glaciares y recursos naturales estratégicos. La iniciativa fue impulsada por el diputado Carlos Alegría.

Con este escenario, Santa Cruz se convierte en el primer distrito donde la reforma nacional queda judicialmente limitada, abriendo un nuevo capítulo en la disputa entre desarrollo productivo y preservación ambiental. Mientras Nación analiza los pasos a seguir, el antecedente podría replicarse en otras provincias con conflictos similares.

Por ahora, la protección integral establecida por la ley original de 2010 vuelve a regir plenamente en la provincia, al menos hasta que la Justicia defina de manera definitiva el futuro de la reforma.

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