9 de abril de 2026
CONTROL
Con amplio respaldo legislativo, Chubut prohibió el uso de celulares en cárceles
La Legislatura aprobó una ley que impide el ingreso y uso de dispositivos móviles en establecimientos de detención. La medida apunta a evitar delitos organizados desde el interior de los penales y establece sistemas de comunicación controlados

La Legislatura de Chubut aprobó este jueves, en sesión ordinaria, una ley que prohíbe el ingreso, la tenencia y el uso de teléfonos celulares y dispositivos móviles en todos los establecimientos de detención de la provincia. La iniciativa, impulsada por el gobernador Ignacio Torres, fue respaldada por una amplia mayoría y solo registró dos votos en contra, correspondientes a los diputados Juan Aquino y Tatiana Goic.
El proyecto, enviado por el Poder Ejecutivo, plantea como objetivo central limitar la comisión de delitos desde el interior de las cárceles. Según se expuso durante el tratamiento, el uso de celulares por parte de personas privadas de la libertad ha permitido en distintos casos la organización de estafas, extorsiones y otras maniobras delictivas, incluso con impacto fuera de los penales. En ese contexto, desde el oficialismo se sostuvo que la medida apunta a reforzar los controles y reducir esos riesgos.
Durante el debate, la diputada María Andrea Aguilera señaló que la norma busca garantizar las comunicaciones legales sin habilitar prácticas ilícitas, mientras que el vicegobernador Gustavo Menna remarcó que la prohibición no alcanza a la posibilidad de contacto con familiares o defensores, sino exclusivamente al uso de dispositivos móviles no autorizados.
La ley establece la implementación de sistemas de comunicación controlados dentro de los establecimientos, mediante telefonía fija o plataformas sin acceso a internet, con números previamente habilitados y registro de datos básicos de las llamadas. También prevé mecanismos de control, sanciones para quienes faciliten el ingreso de dispositivos y la posibilidad de instalar inhibidores de señal, siempre que no afecten el exterior.
El texto fija un plazo de 90 días para su reglamentación y designa al Ministerio de Seguridad y Justicia como autoridad de aplicación. La norma entrará en vigencia una vez que sea promulgada y publicada en el Boletín Oficial.