Primer fallo judicial contra la reforma laboral
Un juez de Córdoba declaró inconstitucional el artículo referido a la actualización del valor que debe cobrar un trabajador despedido antes de su promulgación.

La reforma laboral impulsada por el gobierno de Javier Milei y aprobada por el Congreso ya tiene su primer fallo en contra.
Se trata de una decisión de un juez de Córdoba que declaró inconstitucional el artículo de la norma que modifica el monto que debe cobrar como indemnización un trabajador despedido antes de la entrada en vigencia de la nueva ley.
Es el artículo 55, que regula la actualización de los “créditos laborales”, reduciendo el monto final de la indemnización hasta un 60% en comparación con el criterio que se viene aplicando hasta ahora en los juicios laborales.
“Queda desechada la validez constitucional del artículo 55”, manifestó el magistrado, Ricardo Gileta.
El juez del fuero laboral cordobés dispuso que la indemnización se calcule según lo establecido por el artículo 276 de la Ley de Contrato de Trabajo, es decir, que se actualice por inflación más un porcentaje mensual por mora.
Gileta remarcó el carácter alimentario de los créditos laborales, que les da una protección especial en la ley.